Page 6 - JURISPRUDENCIA CIVIL MERCANTIL PENAL No. 197
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emocional antes, durante y  -y de qué manera- visitarla en la posteridad.
                        después de la separación.           Amparo en revisión 644/2016. 8 de marzo de 2017. Cinco votos de los
                        Lo anterior, con el objeto de       Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz,
                                                            Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien
                        prevenir  y  minimizar  cual-       reservó su derecho para formular voto concurrente, y Norma Lucía
                        quier  afectación  posible,         Piña Hernández. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretaria:
                        principalmente al bienestar         Ana María Ibarra Olguín.
                                                            Esta tesis se publicó el viernes 01 de diciembre de 2017 a las 10:13
                        del menor. En segundo lugar,        horas en el Semanario Judicial de la Federación.
              Menores en reclusión
                        la forma en la que se ejecute       Décima Época.- Registro: 2015762.- Instancia: Primera Sala.- Tesis:
                        la separación entre el menor        Aislada.- Fuente: Semanario Judicial de la Federación.- Publicación:
                        y su madre no puede fun-            viernes 01 de diciembre de 2017.- Tesis: 1a. CXC/2017 (10a.)
                        darse en generalizaciones  CONTENIDO Y ALCANCE
                        o  conjeturas  sin  sustento,
                        sino que debe partir de una    Principio del mantenimiento del
                        evaluación  minuciosa  de
                        caso, atendiendo a lo que  menor con su familia biológica
                        las  condiciones  reales  del

                        resulte más favorable para
                        los  intereses  del  niño.  En
                        ese sentido, lo relevante no                     RINCIPIO DEL MANTENIMIENTO DEL
                        es la edad en sí misma con-                  PMENOR EN SU FAMILIA. SU CONTE-
                        siderada, sino el hecho de                   NIDO Y ALCANCE. El principio del manteni-
                        que a partir del crecimiento                 miento del menor en su familia biológica está
                        del menor, éste demanda de                   contenido en la Declaración de los Derechos
                        necesidades que no pueden                    del Niño de 20 de noviembre de 1959, y
                        ser satisfechas en el interior               dispone que para su pleno desarrollo, el
                        del  centro  de  reinserción                 menor  necesita  del  amor  y  comprensión
                        social,  como  lo  es  recibir               de una familia, por lo que debe crecer bajo
                        educación escolarizada. En                   los cuidados y afecto de sus padres en un
                        tercer lugar, aun cuando la                  ambiente de seguridad moral y material. Así,
                        separación resulte necesa-                   el principio referido aloja una presunción im-
                        ria,  debe  procurarse  que                  portante en favor de que el mejor interés del
                        madre e hijo mantengan un                    menor se ubica en permanecer en su núcleo
                        contacto cercano, frecuente                  familiar. Lo anterior obedece a la necesidad
                        y directo, al máximo de las                  de que el menor cuente con su familia como
                        posibilidades de cada caso.                  el ámbito natural en el que se desarrolla, y
                        En este aspecto se vuelve                    en donde se le proporciona la protección
                        especialmente  relevante  el                 necesaria para su desarrollo integral. Por lo
                        deber del Estado de imple-                   tanto, el Estado debe no sólo resguardar la
                        mentar medidas reforzadas                    estabilidad de los niños en su núcleo familiar,
                        de protección. Al respecto,                  sino garantizar que aquéllos puedan gozar
                        es conveniente considerar la                 efectivamente de sus relaciones familiares.
                        cercanía con la que el me-                   Con todo, hay que precisar que el derecho
                        nor convivía con su madre                    del menor a vivir con sus progenitores tie-
                        cuando  habitaba  con  ella,                 ne relevancia en la medida en la que tal
                        así  como  las  necesidades                  circunstancia sea la que mejor convenga a
                        del  infante  en  el  exterior.              los intereses del niño. En efecto, el derecho
                        Por  último,  es  pertinente                 internacional y la doctrina constitucional de
                        considerar que cada niña y                   esta Primera Sala protegen la permanencia
                        niño pequeño necesita una                    del menor con su familia en tanto existan
                        explicación  acerca  de  por                 bases sólidas para afirmar que dicha situa-
                        qué no puede permanecer al                   ción es conveniente para su desarrollo. Por
                        lado de su madre en el cen-                  lo tanto, si el mantenimiento del menor en
                        tro, además de que tiene la                  su familia resulta lesivo o perjudicial para
                        necesidad de saber si puede                  aquél, el interés de garantizar ese estado
                                                                     de cosas naturalmente pierde relevancia,
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