Page 9 - JURISPRUDENCIA CIVIL MERCANTIL PENAL No. 197
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Amparo en revisión 644/2016. 8 de marzo de 2017. Cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea,
José Ramón Cossío Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien reservó su derecho
para formular voto concurrente, y Norma Lucía Piña Hernández. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretaria:
Ana María Ibarra Olguín.
Esta tesis se publicó el viernes 01 de diciembre de 2017 a las 10:13 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
Décima Época.- Registro: 2015734.- Instancia: Primera Sala.- Tesis: Aislada.- Fuente: Semanario Judicial de la
Federación.- Publicación: viernes 01 de diciembre de 2017.- Tesis: 1a. CLXXXVIII/2017 (10a.)
RUEBA PERICIAL EN
PGENÉTICA. SI EL IN-
FANTE SE OPONE A SU ericial
ADMISIÓN, ADUCIEN-
DO TRANSGRESIÓN A
SUS DERECHOS A LA
DIGNIDAD HUMANA Y A Pgenética Pericial genetica
LA INTIMIDAD, Y ELLO
ORIGINA UNA COLISIÓN
EL INTERÉS SUPERIOR en un menor;
ENTRE DERECHOS QUE
PRETENDEN TUTELAR
DEL NIÑO, DEBE PRIO-
RIZARSE SU DERECHO colisión entre
A CONOCER SU IDENTI-
DAD BIOLÓGICA SOBRE
ÉSTOS. La filiación es el
vínculo jurídico entre un derechos
infante y sus padres; el de-
recho a tener una identidad,
se traduce en que tenga
nombre y apellidos, tenga y
conozca su filiación (indagar nados casos, se opta por mantenerlo en ese ámbito propio
y conocer la verdad biológi- y reservado de lo íntimo, fuera del alcance de terceros o
ca de sus orígenes) y que del conocimiento público, empero, ello tiene sus límites
ésta sea protegida, lo que en los derechos de terceros, así como en el orden público
constituye un principio de y en el interés social. Ahora bien, si un infante se opone
orden público y es parte del a la admisión de una prueba pericial en genética (ADN)
núcleo esencial del derecho para identificar su filiación, aduciendo la transgresión a
fundamental a la personali- sus derechos a la dignidad humana y a la intimidad, ello
dad jurídica. Por su parte, la origina una colisión entre derechos que pretenden tutelar el
dignidad humana es el dere- interés superior del niño; el derecho a conocer su identidad
cho que tiene cada persona biológica en contraposición de los derechos a la dignidad
de ser respetado y valorado humana e intimidad. Como solución a esta controversia, la
como ser individual y social, doctrina de interpretación constitucional prevé el principio
con sus características y de proporcionalidad, herramienta argumentativa que da
condiciones particulares, sustento a las sentencias de constitucionalidad relativas a
por el solo hecho de ser per- los actos de los poderes públicos que afectan los derechos
sona, también incluye, entre fundamentales. Para el autor Carlos Bernal Pulido, dicho
otros derechos, el relativo a principio se compone de tres reglas que toda intervención
la intimidad, consistente en del Estado en los derechos humanos debe observar para
que no sean conocidos por considerarse como constitucionalmente legítima, que
terceros ciertos aspectos son los subprincipios: a) idoneidad (o de adecuación); b)
de la vida privada de cada necesidad; y, c) proporcionalidad en sentido estricto; esta
individuo. Respecto a la última, que corresponde al llamado juicio de ponderación,
filiación, al tener aspectos el cual ayuda a decidir qué derecho debe prevalecer sobre
inherentes a la persona y a otro, mediante la "Ley de la ponderación" que el doctrinista
la vida privada, en determi- Robert Alexy explica así: "Cuanto mayor sea el grado de
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