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Jurisprudencia Fir-                                 40
           Ponente: José Fernan-
           do  Franco  González   Servicio profesional docente:
           Salas.  Secretario:
           Francisco Manuel Ru-
           bín de Celis Garza.
           i.3o.T.36  l  (10a.),  SUSPENSIÓN IMPROCEDENTE  CONTRA
           Tesis y criterio con-
           tendientes:  Tesis
           de  título  y  subtítu-
           RiaS  dECRETadO  SANCIONES POR NO IR A EVALLUACIÓN
           lo:  «EMBaRGO  dE
           CuENTaS  BaNCa-
           EN EJECuCiÓN dEl
           laudO.  CONSTi-         ERVICIO PROFESIONAL DOCEN- cargo, ni se les aplique sanción alguna,
           TuYE  uN aCTO  dE   STE.  ES  IMPROCEDENTE  OTOR- derivada del procedimiento adminis-
           iMPOSiBlE  REPa-
           RaCiÓN, CONTRa El  GAR LA SUSPENSIÓN EN EL JUICIO  trativo  correspondiente  instituido  en
           QuE  PROCEdE  El  DE AMPARO PROMOVIDO CONTRA  términos de la mencionada legislación
           aMPaRO  iNdiREC-   LOS ACTOS EMITIDOS EN UN PRO- docente, es improcedente otorgar la
           TO,  EN  TÉRMiNOS
           dE la FRaCCiÓN V   CEDIMIENTO ADMINISTRATIVO QUE  suspensión, al no surtirse el requisito
           dEl aRTÍCulO  107  TENGAN POR EFECTO LA SEPARA- previsto en el artículo 128, fracción ii,
           dE  la  lEY  dE aM-  CIÓN COMO DOCENTE DEL GRUPO A  de la ley de amparo, porque la con-
           PaRO.»,  aprobada   SU CARGO O LA APLICACIÓN DE AL- cesión de la suspensión contra actos
           por el Tercer Tribunal
           Colegiado en Materia  GUNA SANCIÓN POR NO SUJETAR- en ese procedimiento administrativo
           de Trabajo del Primer   SE AL PROCESO DE EVALUACIÓN  contravendría disposiciones de orden
           Circuito y publicada en   PREVISTO  EN  LA  LEY  GENERAL  público  y  afectaría  el  interés  social,
           el Semanario Judicial
           de  la  Federación  del  RELATIVA. de los artículos 3o., frac- en razón de que la comunidad está
           viernes  24  de  marzo  ciones ii y iii, de la Constitución Política  interesada en que el servicio educati-
           de  2017  a  las  10:27   de los Estados unidos Mexicanos, 1 a 3,  vo se preste con calidad, lo cual tiene
           horas y en la Gaceta
           del  Semanario  Judi-  4, fracción iX, 5 y 6, así como octavo y  preponderancia  sobre  una  situación
           cial de la Federación,  noveno transitorios de la ley General del  concreta del quejoso consistente en su
           décima Época, libro   Servicio Profesional docente, se colige  derecho a la estabilidad en el empleo.
           40,  Tomo  iV,  marzo   que la finalidad de la reforma educativa     Contradicción de tesis 3/2017. Entre las
           de 2017, página 2699,                                                sustentadas por los Tribunales Colegiados
           y El sustentado por el  al  precepto  constitucional  citado,  fue   Primero y Segundo, ambos en Materias Pe-
           Primer Tribunal Cole-  crear un nuevo modelo educativo que           nal y administrativa del Vigésimo Primer Cir-
           giado  en  Materia  de   asegure la calidad en el servicio y, con    cuito. 27 de septiembre de 2017. unanimidad
           Trabajo  del  décimo                                                 de cinco votos de los Magistrados alejandro
           Octavo Circuito, al re- ello, tutelar también el interés superior    Vargas Enzástegui, Xóchitl Guido Guzmán,
           solver  el  amparo  en  del menor a obtener una educación de         Bernardino Carmona león, aureliano Varona
           revisión 35/2017.  calidad a través de procesos de evalua-           aguirre y Tomás Martínez Tejeda. Ponente:
           Tesis de jurispruden-                                                alejandro  Vargas  Enzástegui.  Secretario:
           cia  153/2017  (10a.).   ción y programas de regularización del      Noel Zepeda Mares.
           aprobada  por  la  Se- personal  educativo  con  funciones  de       Criterios contendientes: El sustentado por
           gunda  Sala  de  este   docencia, dirección y supervisión en la      el Primer Tribunal Colegiado en Materias
           alto Tribunal,  en  se-  educación básica o media superior im-       Penal y administrativa del Vigésimo Primer
           sión privada del vein-                                               Circuito, al resolver la queja administrativa
           ticinco de octubre de  partida por el Estado y sus organismos        169/2016,  y  el  diverso  sustentado  por  el
           dos mil diecisiete.   descentralizados,  y  facultados. así  lo      Segundo Tribunal  Colegiado  en  Materias
           Esta tesis se consi-  confirman los artículos transitorios aludi-    Penal y administrativa del Vigésimo Primer
           dera  de  aplicación                                                 Circuito, al resolver la queja administrativa
           obligatoria  a  partir  dos, al establecer, como consecuencias       119/2016.
           del  lunes  11  de  di- por no sujetarse al proceso de evalua-       Esta  tesis  se  considera  de  aplicación
           ciembre de 2017, para   ción o no incorporarse a los programas       obligatoria a partir del lunes 13 de no-
           los  efectos  previstos                                              viembre de 2017, para los efectos previstos
           en  el  punto  séptimo   de regulación del artículo 53 de la ley     en el punto séptimo del acuerdo General
           del acuerdo  General  indicada o de negarse a participar en          Plenario 19/2013.
           Plenario 19/2013.  ellos, la separación de los docentes del          Décima Época.- Registro: 2015487.- ins-
           Décima Época.- Re-                                                   tancia:  PlENO  dEl  ViGÉSiMO  PRiMER
           gistro: 2015834.- ins-  servicio público sin responsabilidad para    CiRCuiTO.- Tesis: Jurisprudencia.- Fuente:
           tancia: Segunda Sala.-  la instancia educativa correspondiente;      Semanario Judicial de la Federación.- Publi-
           Tesis: Jurisprudencia.-   en tal virtud, cuando solicitan que no se   cación: viernes 10 de noviembre de 2017.-
           Fuente:  Semanario   les separe de los grupos que tienen a su        Tesis: PC.XXi. J/11 a (10a.)
           Judicial  de  la  Fede-
           ración.-  Publicación:
           viernes 08 de diciem-
           bre  de  2017.-  Tesis:        www.jurisprudenciayleyes.com.mx
           2a./J. 153/2017 (10a.)
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