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Jurisprudencia Fir- 40
Ponente: José Fernan-
do Franco González Servicio profesional docente:
Salas. Secretario:
Francisco Manuel Ru-
bín de Celis Garza.
i.3o.T.36 l (10a.), SUSPENSIÓN IMPROCEDENTE CONTRA
Tesis y criterio con-
tendientes: Tesis
de título y subtítu-
RiaS dECRETadO SANCIONES POR NO IR A EVALLUACIÓN
lo: «EMBaRGO dE
CuENTaS BaNCa-
EN EJECuCiÓN dEl
laudO. CONSTi- ERVICIO PROFESIONAL DOCEN- cargo, ni se les aplique sanción alguna,
TuYE uN aCTO dE STE. ES IMPROCEDENTE OTOR- derivada del procedimiento adminis-
iMPOSiBlE REPa-
RaCiÓN, CONTRa El GAR LA SUSPENSIÓN EN EL JUICIO trativo correspondiente instituido en
QuE PROCEdE El DE AMPARO PROMOVIDO CONTRA términos de la mencionada legislación
aMPaRO iNdiREC- LOS ACTOS EMITIDOS EN UN PRO- docente, es improcedente otorgar la
TO, EN TÉRMiNOS
dE la FRaCCiÓN V CEDIMIENTO ADMINISTRATIVO QUE suspensión, al no surtirse el requisito
dEl aRTÍCulO 107 TENGAN POR EFECTO LA SEPARA- previsto en el artículo 128, fracción ii,
dE la lEY dE aM- CIÓN COMO DOCENTE DEL GRUPO A de la ley de amparo, porque la con-
PaRO.», aprobada SU CARGO O LA APLICACIÓN DE AL- cesión de la suspensión contra actos
por el Tercer Tribunal
Colegiado en Materia GUNA SANCIÓN POR NO SUJETAR- en ese procedimiento administrativo
de Trabajo del Primer SE AL PROCESO DE EVALUACIÓN contravendría disposiciones de orden
Circuito y publicada en PREVISTO EN LA LEY GENERAL público y afectaría el interés social,
el Semanario Judicial
de la Federación del RELATIVA. de los artículos 3o., frac- en razón de que la comunidad está
viernes 24 de marzo ciones ii y iii, de la Constitución Política interesada en que el servicio educati-
de 2017 a las 10:27 de los Estados unidos Mexicanos, 1 a 3, vo se preste con calidad, lo cual tiene
horas y en la Gaceta
del Semanario Judi- 4, fracción iX, 5 y 6, así como octavo y preponderancia sobre una situación
cial de la Federación, noveno transitorios de la ley General del concreta del quejoso consistente en su
décima Época, libro Servicio Profesional docente, se colige derecho a la estabilidad en el empleo.
40, Tomo iV, marzo que la finalidad de la reforma educativa Contradicción de tesis 3/2017. Entre las
de 2017, página 2699, sustentadas por los Tribunales Colegiados
y El sustentado por el al precepto constitucional citado, fue Primero y Segundo, ambos en Materias Pe-
Primer Tribunal Cole- crear un nuevo modelo educativo que nal y administrativa del Vigésimo Primer Cir-
giado en Materia de asegure la calidad en el servicio y, con cuito. 27 de septiembre de 2017. unanimidad
Trabajo del décimo de cinco votos de los Magistrados alejandro
Octavo Circuito, al re- ello, tutelar también el interés superior Vargas Enzástegui, Xóchitl Guido Guzmán,
solver el amparo en del menor a obtener una educación de Bernardino Carmona león, aureliano Varona
revisión 35/2017. calidad a través de procesos de evalua- aguirre y Tomás Martínez Tejeda. Ponente:
Tesis de jurispruden- alejandro Vargas Enzástegui. Secretario:
cia 153/2017 (10a.). ción y programas de regularización del Noel Zepeda Mares.
aprobada por la Se- personal educativo con funciones de Criterios contendientes: El sustentado por
gunda Sala de este docencia, dirección y supervisión en la el Primer Tribunal Colegiado en Materias
alto Tribunal, en se- educación básica o media superior im- Penal y administrativa del Vigésimo Primer
sión privada del vein- Circuito, al resolver la queja administrativa
ticinco de octubre de partida por el Estado y sus organismos 169/2016, y el diverso sustentado por el
dos mil diecisiete. descentralizados, y facultados. así lo Segundo Tribunal Colegiado en Materias
Esta tesis se consi- confirman los artículos transitorios aludi- Penal y administrativa del Vigésimo Primer
dera de aplicación Circuito, al resolver la queja administrativa
obligatoria a partir dos, al establecer, como consecuencias 119/2016.
del lunes 11 de di- por no sujetarse al proceso de evalua- Esta tesis se considera de aplicación
ciembre de 2017, para ción o no incorporarse a los programas obligatoria a partir del lunes 13 de no-
los efectos previstos viembre de 2017, para los efectos previstos
en el punto séptimo de regulación del artículo 53 de la ley en el punto séptimo del acuerdo General
del acuerdo General indicada o de negarse a participar en Plenario 19/2013.
Plenario 19/2013. ellos, la separación de los docentes del Décima Época.- Registro: 2015487.- ins-
Décima Época.- Re- tancia: PlENO dEl ViGÉSiMO PRiMER
gistro: 2015834.- ins- servicio público sin responsabilidad para CiRCuiTO.- Tesis: Jurisprudencia.- Fuente:
tancia: Segunda Sala.- la instancia educativa correspondiente; Semanario Judicial de la Federación.- Publi-
Tesis: Jurisprudencia.- en tal virtud, cuando solicitan que no se cación: viernes 10 de noviembre de 2017.-
Fuente: Semanario les separe de los grupos que tienen a su Tesis: PC.XXi. J/11 a (10a.)
Judicial de la Fede-
ración.- Publicación:
viernes 08 de diciem-
bre de 2017.- Tesis: www.jurisprudenciayleyes.com.mx
2a./J. 153/2017 (10a.)