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37 Jurisprudencia FirMe
AMPARO EN MATERIA PENAL
la Federación, Octava
Época, Tomo iii, Se- Beneficios preliberatorios:
gunda Parte-2, enero-
junio de 1989, página
676, registro digital:
229542; criterio que vale AI contra la negativa
comparte el Tribunal
Colegiado del décimo
Séptimo Circuito, al
resolver el amparo
directo 955/2015. ENEFICIO O TRATAMIENTO de mantenerlo privado de su libertad. Por
El Primer Tribunal BPRELIBERATORIO. CONTRA ende, contra la resolución que niega el otor-
Colegiado del Déci- LA RESOLUCIÓN QUE LO NIEGA gamiento de algún beneficio o tratamiento
mo Circuito, actual-
mente en Materias ES INNECESARIO INTERPONER preliberatorio, es innecesario interponer el
administrativa y de EL RECURSO DE RECONSI- recurso de reconsideración previsto en el
Trabajo, al resolver DERACIÓN PREVISTO EN EL artículo 485 del ordenamiento mencionado,
el amparo directo
112/94, con la tesis ARTÍCULO 485 DEL CÓDIGO DE en relación con los diversos 52 a 57 del
aislada X.1o. 33 K de PROCEDIMIENTOS PENALES Reglamento interior de los Juzgados de
rubro: «COMPETEN- PARA EL ESTADO DE MÉXICO Ejecución de Sentencias, antes de acudir al
Cia dEl TRiBuNal juicio de amparo indirecto, pues esa resolu-
COlEGiadO PaRa ABROGADO, EN RELACIÓN CON
CONOCER El JuiCiO LOS NUMERALES 52 A 57 DEL ción afecta de manera indirecta la libertad
dE aMPaRO diREC- REGLAMENTO INTERIOR DE LOS del gobernado y, por ende, se actualiza la
TO TRaTÁNdOSE JUZGADOS DE EJECUCIÓN DE excepción al principio de definitividad es-
dE ViOlaCiONES
PROCESalES dE SENTENCIAS, ANTES DE ACUDIR tablecida en el artículo 61, fracción XViii,
CaRÁCTER SuSTaN- AL JUICIO DE AMPARO INDIREC- inciso b), de la ley de amparo, pues como
TiVO, auN CuaNdO TO. El Pleno y la Primera Sala de no se distingue sobre el tipo de afectación
EN la dEMaNda
NO SE REClaME la la Suprema Corte de Justicia de la a la libertad, es decir, directa o indirecta, el
SENTENCia dEFiNi- Nación, han sostenido reiterada- juzgador tampoco puede hacerlo.
TiVa.», publicada en mente que la libertad personal del Contradicción de tesis 5/2017. Entre las sus-
el Semanario Judi- tentadas por los Tribunales Colegiados Primero
cial de la Federación, gobernado no sólo se afecta a través y Segundo del Segundo Circuito, con residencia
Octava Época, Tomo de actos de autoridad que tengan en Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México.
XiV, octubre de 1994, como consecuencia material privarlo 24 de octubre de 2017. Mayoría de tres votos de
página 290, registro de la que en ese momento disfrute los Magistrados Miguel Ángel Zelonka Gutiérrez
digital: 210199. Vela, Victorino Hernández infante y Julio César
Tesis de jurispruden- (de manera directa), sino que ese Gutiérrez Guadarrama. ausentes: José Manuel
cia 41/2017 (10a.). perjuicio también surge a la vida ju- Torres Ángel y Froylán Borges aranda. disidente
aprobada por la Pri- rídica con actos que determinen, de y Ponente: Jorge arturo Sánchez Jiménez. Encar-
mera Sala de este alto gado del engrose: Victorino Hernández infante.
Tribunal, en sesión de alguna manera, que siga privado de Secretaria: Carmen Yadira Reyes Muñoz.
diecisiete de mayo de la libertad personal o modifiquen las Criterio contendientes: El sustentado por el Pri-
dos mil diecisiete. condiciones en que dicha privación mer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, con
Esta tesis se consi- residencia en Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de
dera de aplicación deba ejecutarse (de manera indi- México, al resolver la queja 55/2017, y el diverso
obligatoria a partir recta). luego, conforme al artículo sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado
del lunes 13 de no- 458 del Código de Procedimientos del Segundo Circuito, con residencia en Ciudad
viembre de 2017, para Penales para el Estado de México Nezahualcóyotl, Estado de México, al resolver las
los efectos previstos quejas 199/2015 y 223/2015.
en el punto séptimo abrogado, el sentenciado puede, Esta tesis se considera de aplicación obliga-
del acuerdo General siempre y cuando la propia ley se lo toria a partir del lunes 08 de enero de 2018,
Plenario 19/2013. permita, recuperar su libertad perso- para los efectos previstos en el punto séptimo del
Décima Época.- Re- acuerdo General Plenario 19/2013.
gistro: 2015473.- ins- nal antes del tiempo de pena fijado Décima Época.- Registro: 2015905.- instancia:
tancia: Primera Sala.- en la sentencia definitiva, por lo PlENO SiN ESPECialiZaCiÓN dEl SEGuNdO
Tesis: Jurisprudencia.- que la resolución que decida sobre CiRCuiTO, CON RESidENCia EN Ciudad NE-
Fuente: Semanario ZaHualCÓYOTl, ESTadO dE MÉXiCO.- Tesis:
Judicial de la Fede- el tratamiento preliberacional, aun Jurisprudencia.- Fuente: Semanario Judicial de la
ración.- Publicación: cuando sea distinta de la sentencia Federación.- Publicación: viernes 05 de enero de
viernes 10 de noviem- condenatoria, puede tener el efecto 2018.- Tesis: PC.ii.S.E. J/4 P (10a.)
bre de 2017.- Tesis:
1a./J. 41/2017 (10a.)
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