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         sentido de que prohíbe la dupli-    Meza, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y José de Jesús Gudiño Pelayo. Po-
          cidad o repetición de procesos     nente: arturo Zaldívar lelo de larrea. Secretaria: amalia Tecona Silva.
                                             Amparo directo en revisión 35/2011. diego armando Hernández y otro. 30 de marzo
          respecto de los mismos hechos  de 2011. Cinco votos de los Ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, José Ramón Cossío
          considerados delictivos. ahora  díaz, Guillermo i. Ortiz Mayagoitia, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y arturo
          bien,  el  artículo  224,  fracción   Zaldívar lelo de larrea. Ponente: arturo Zaldívar lelo de larrea. Secretaria: Carmina
          Viii, del Código Penal para el     Cortés Rodríguez.
                                             Amparo directo en revisión 213/2013. Juan luis Gómez Espinosa. 6 de marzo de
          distrito Federal, aplicable para  2013. Cinco votos de los Ministros arturo Zaldívar lelo de larrea, José Ramón Cossío
          la Ciudad de México, al esta-      díaz, alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Jorge
          blecer una penalidad agravada      Mario Pardo Rebolledo. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretaria: Nínive
                                             ileana Penagos Robles.
          diversa a la establecida para el  Amparo directo en revisión 1492/2014. Omar Bernal Noguez o Édgar Clemente Frías
          tipo básico de robo, cuando se     Cruz. 3 de septiembre de 2014. Cinco votos de los Ministros arturo Zaldívar lelo de
          cometa  respecto  de  vehículo     larrea, José Ramón Cossío díaz, alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Olga Sánchez Cordero
                                             de García Villegas y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: arturo Zaldívar lelo de
          automotriz o parte de éste, no  larrea. Secretaria: Carmina Cortés Rodríguez.
          transgrede  el  artículo  23  de  Tesis de jurisprudencia 91/2017 (10a.). aprobada por la Primera Sala de este alto
          la Constitución Política de los    Tribunal, en sesión de quince de noviembre de dos mil diecisiete.
          Estados unidos Mexicanos, ya       Esta tesis se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 27 de noviembre
                                             de 2017, para los efectos previstos en el punto séptimo del acuerdo General Plenario
          que  no  autoriza  la  imposición  19/2013.
          de una doble pena al infractor.    Décima Época.- Registro: 2015602.- instancia: Primera Sala.- Tesis: Jurisprudencia.-
          lo  anterior  es  así,  porque  no   Fuente: Semanario Judicial de la Federación.- Publicación: viernes 24 de noviembre de
                                             2017.- Tesis: 1a./J. 91/2017 (10a.)
          debe confundirse la calificativa
          de la conducta desplegada con        AMPARO EN MATERIA PENAL
          la recalificación del delito, pues
          mientras  la  primera  es  la  cir-
          cunstancia que modifica un tipo    Cumplimiento de sentencia
          básico para agravarlo o atenuar-
          a  calificar  la  misma  conducta  según la etapa procesal
          lo, la segunda consiste en volver

          con base en un diverso ilícito;
          de  forma  que,  aun  cuando  el                   UMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DE AM
          artículo 220 del propio código                 CPARO. CUANDO EL ACTO RECLAMADO CON-
          describe el tipo básico del delito             SISTE EN UNA RESOLUCIÓN EMITIDA EN SEGUN-
          de robo y determina la penalidad               DA  INSTANCIA  DENTRO  DEL  SISTEMA  PENAL
          correspondiente de acuerdo a la                ACUSATORIO,  LA AUTORIDAD  RESPONSABLE
          cuantía o monto de lo robado,                  DEBE ATENDER A LA FASE (PROCEDIMIENTO O
          el artículo 224, fracción Viii, del            DICTADO DE LA SENTENCIA) EN LA QUE EL ÓR-
          código aludido, precisa la pena                GANO DE CONTROL CONSTITUCIONAL ADVIRTIÓ
          que debe imponerse cuando el                   LA  TRANSGRESIÓN  EN  LA  ESFERA  JURÍDICA
          robo  se  realice  bajo  determi-              DEL  QUEJOSO  EN  SU  EMISIÓN  (LEGISLACIÓN
          nadas circunstancias, esto es,                 DEL ESTADO DE MÉXICO). los artículos 414 y 415
          el  tipo  legal  básico  considera             del Código de Procedimientos Penales para el Estado
          la cuantía para determinar su                  de México abrogado establecen que, al resolver el re-
          sanción y el delito especial toma              curso de apelación, es indispensable que el Tribunal
          como base las circunstancias de                de alzada celebre una audiencia con las partes que
          su ejecución.                                  comparezcan y que en ella emita la resolución corres-
               Amparo  directo  en  revisión
               784/2007.  Óscar  Felipe  Chávez          pondiente al recurso planteado, la cual tendrá que ser
               Valencia. 4 de julio de 2007. Cinco       explicada; ahora bien, la audiencia se integra por dos
               votos de los Ministros José de Je-        periodos distintos para su validez jurídica: i. debate
               sús Gudiño Pelayo, Sergio a. Valls        entre los asistentes; y, ii. dictado en si de la sentencia.
               Hernández,  Juan  N.  Silva  Meza,
               Olga Sánchez Cordero de García            En esas condiciones, sí el órgano jurisdiccional que
               Villegas  y  José  Ramón  Cossío          conozca del juicio de amparo directo, advierte alguna
               díaz. Ponente: José de Jesús Gu-          violación procesal durante la emisión de dicha senten-
               diño  Pelayo.  Secretario:  Rogelio
               alberto Montoya Rodríguez.                cia podrá: a) En caso de que se hayan transgredido las
               Amparo  directo  en  revisión             formalidades que rigen el procedimiento de segunda
               2358/2009. 10 de febrero de 2010.         instancia, desde la primera fase, ordenar la reposición
               Cinco votos de los Ministros arturo
               Zaldívar lelo de larrea, José Ra-         del procedimiento a partir de ese periodo, para que la
               món  Cossío  díaz,  Juan  N.  Silva       audiencia de apelación se verifique de nueva cuenta de
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