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Jurisprudencia Fir- 34
que rigen el procedimiento, titucionales fijados en relación Amparo directo en revisión 6086/2016.
que trasciende a las defensas con las reglas de exclusión de Franklin Cortez león. 21 de junio de 2017.
Mayoría de cuatro votos de los Ministros
del quejoso en términos de los las pruebas ilícitas, esto es, que arturo Zaldívar lelo de larrea, José Ra-
artículos 173, fracción XXii, de de no acreditarse el señalado món Cossío díaz, quien reservó su dere-
la ley de amparo, 1o., párra- supuesto de excepción, el citado cho para formular voto aclaratorio, Jorge
fo tercero, de la Constitución criterio jurisprudencial operará Mario Pardo Rebolledo y Norma lucía Piña
Hernández, quien reservó su derecho para
Política de los Estados unidos en sus términos. formular voto aclaratorio relacionado con la
Mexicanos, así como 1, 6, 8 y Amparo directo en revisión procedencia del recurso. disidente: alfredo
10 de la Convención interameri- 6160/2016. Cristian isaid Berrios Gutiérrez Ortiz Mena. Ponente: arturo Zal-
dívar lelo de larrea. Secretaria: Carmina
Nieto. 31 de mayo de 2017. Mayo-
cana para Prevenir y Sancionar ría de cuatro votos de los Ministros Cortés Rodríguez.
la Tortura y, consecuentemente, arturo Zaldívar lelo de larrea, José Amparo directo en revisión 7372/2016.
debe ordenarse la reposición Ramón Cossío díaz, Jorge Mario 28 de junio de 2017. Mayoría de cuatro
del procedimiento de primera Pardo Rebolledo, quien formuló voto votos de los Ministros arturo Zaldívar lelo
concurrente y Norma lucía Piña de larrea, José Ramón Cossío díaz, Jorge
instancia para realizar la in- Hernández, quien reservó su dere- Mario Pardo Rebolledo y Norma lucía Piña
vestigación correspondiente y cho para formular voto aclaratorio Hernández, quien reservó su derecho para
analizar la denuncia de tortura, relacionado con la procedencia del formular voto aclaratorio relacionado con la
recurso. disidente: alfredo Gutiérrez procedencia del recurso. disidente: alfredo
únicamente desde el punto de Ortiz Mena. Ponente: José Ramón Gutiérrez Ortiz Mena. Ponente: arturo Zal-
vista de violación de derechos Cossío díaz. Secretaria: Rosalba dívar lelo de larrea. Secretaria: Carmina
humanos dentro del proceso Rodríguez Mireles. Cortés Rodríguez.
Amparo directo en revisión Nota: El presente criterio derivó origi-
penal, a efecto de corroborar 5391/2015. Roberto Ornelas ló- nalmente del amparo directo en revisión
si existió o no dicha transgre- pez. 14 de junio de 2017. Mayoría 6564/2015, de la ponencia del Ministro Jor-
sión para los fines probatorios de cuatro votos de los Ministros ge Mario Pardo Rebolledo, fallado el 18 de
correspondientes al dictar la arturo Zaldívar lelo de larrea, José mayo de 2016, por mayoría de tres votos,
Ramón Cossío díaz, Jorge Mario por lo que no constituye un precedente idó-
sentencia. No obstante, en Pardo Rebolledo y Norma lucía neo para la integración de jurisprudencia
aquellos casos en que no exis- Piña Hernández, quien reservó su por reiteración.
ta confesión o algún otro acto derecho para formular voto aclara- Tesis de jurisprudencia 101/2017 (10a.).
aprobada por la Primera Sala de este alto
torio relacionado con la procedencia
que implique autoincriminación del recurso. disidente: alfredo Gu- Tribunal, en sesión de quince de noviembre
como consecuencia de los tiérrez Ortiz Mena. Ponente: José de dos mil diecisiete.
actos de tortura alegados, no Ramón Cossío díaz. Secretaria: 1. La tesis jurisprudencial 1a./J. 10/2016
(10a.) citada, aparece publicada en el
Rosalba Rodríguez Mireles.
resulta procedente ordenar la Amparo directo en revisión Semanario Judicial de la Federación del
reposición del procedimiento 6295/2015. 14 de junio de 2017. viernes 29 de abril de 2016 a las 10:29 ho-
de conformidad con la jurispru- Cinco votos de los Ministros artu- ras y en la Gaceta del Semanario Judicial
ro Zaldívar lelo de larrea, José de la Federación, décima Época, libro 29,
dencia antes citada, pues en Ramón Cossío díaz, Jorge Mario Tomo ii, abril de 2016, página 894, registro
esos supuestos la violación a Pardo Rebolledo, alfredo Gutiérrez digital: 2011521.
derechos humanos derivada Ortiz Mena, quien reservó su dere- Esta tesis se considera de aplicación
de la tortura carece de trascen- cho para formular voto concurrente y obligatoria a partir del lunes 27 de
Norma lucía Piña Hernández, quien noviembre de 2017, para los efectos
dencia en el proceso penal por reservó su derecho para formular previstos en el punto séptimo del acuerdo
no haber impacto; sin embargo, voto aclaratorio relacionado con la General Plenario 19/2013.
fuera de esos supuestos de procedencia del recurso. Ponente: Décima Época.- Registro: 2015603.- instan-
cia: Primera Sala.- Tesis: Jurisprudencia.-
Jorge Mario Pardo Rebolledo. Se-
excepción, deberá procederse cretario: Héctor Vargas Becerra. Fuente: Semanario Judicial de la Federa-
como se describe en el criterio ción.- Publicación: viernes 24 de noviembre
jurisprudencial de referencia.
Es decir, que la jurisprudencia a Robo con agravante
que se alude tendrá aplicación
siempre que se trate de asuntos
en los que, como consecuencia OBO. EL ARTÍCULO 224, FRACCIÓN VIII, DEL
de la tortura, se haya verificado RCÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL,
la confesión o cualquier ma- QUE PREVÉ COMO AGRAVANTE QUE ESE DELITO
nifestación incriminatoria del SE COMETA RESPECTO DE VEHÍCULO AUTOMO-
inculpado, porque en tal caso, TRIZ O PARTE DE ÉSTE, NO TRANSGREDE EL
la autoridad jurisdiccional estará ARTÍCULO 23 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE
obligada a realizar una inves- LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. El precepto
tigación a fin de determinar si constitucional citado, al prever que nadie puede ser
se actualizó o no la tortura y, juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en
de corroborarse ésta, deberá el juicio se le absuelva o se le condene, consagra el
ceñirse a los parámetros cons- principio de seguridad jurídica de los procesados, en el