Page 57 - Reglamento Interno HT
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CAPITULO XVII HIGH TOWERS
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MANEJO Y CONTROL DE BASURA DENTRO DEL CONDOMINIO
ARTÍCULO 137.- OBJETIVO: De conformidad con lo que establece el Reglamento Interno de Basura del Estado de Puebla, se establece
que la administración del Condominio, se hará completamente cargo del manejo de la basura, recolección interna, almacenamiento,
�ro del mismo y pagos por cuenta de los Condóminos de derechos y cuotas.
El manejo de la basura se hará siguiendo los criterios ecológicos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 138.- OBLIGATORIEDAD: El presente Reglamento Interno es de observancia general para todos los Condóminos del
Condominio por lo que por ningún mo�vo se podrá infringir el presente Reglamento Interno.
ARTÍCULO 139. RESPONSABILIDAD DE CONDÓMINOS: Los Condóminos deberán responsabilizarse de la recolección de la basura
dentro de las áreas priva�vas que les corresponden, la administración del Condómino se hará cargo de la basura de las áreas de
uso común del mismo Condominio.
ARTÍCULO 140.- CLASIFICACIÓN DE LA BASURA: La basura se clasificará en tres �pos, de acuerdo con la clasificación vigente: Orgánica,
Inorgánica y Reciclable. Todos los responsables clasificarán la basura dentro de sus áreas de responsabilidad en bolsas de colores
de la siguiente manera: Negra para orgánica, Verde para inorgánica y Anaranjada para reciclable.
ARTÍCULO 141.- DEPOSITO INTERNO DE BASURA: La basura será recolectada por los responsables o propietario de cada unidad,
y depositada en los lugares construidos o designados dentro del Condominio exprofeso para ello, dentro de los horarios establecidos
por la administración, en la inteligencia que no se recibirá basura fuera de sus bolsas sanitarias debidamente clasificadas. Todo
Condómino, Poseedor, Usuario u Ocupante tendrá la obligación de sacar fuera del Condominio, a su exclusivo costo, la basura, el
cascajo o cualquier sobrante que provenga de construcciones o modificaciones que efectúe dentro de su Unidad de Propi edad
Privada, quedando expresamente prohibido depositar estos sobrantes en las áreas comunes, en las áreas comunes de uso asignado
(lugares de estacionamiento, bodegas o terrazas), en el deposito de basura o en cualquier otra área dentro del Condominio.
ARTÍCULO 142.- CARGA Y ACARREO A LOS TIRADEROS OFICIALES: La administración se hará cargo de transportar la basura recolectada
a los centros de acopio en vehículos que contrate para tal función, y de acarrearla hasta los �raderos oficiales pagando por cuenta
de los Condóminos los derechos de los mismos. Esta recolección incluye la basura de las áreas de uso común y priva�vo del
Condominio.
ARTÍCULO 143.- RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN: Será responsabilidad de la administración vigilar el funcionamiento de
los basureros de las áreas de uso común, los cuales se deben diseñar para permi�r la clasificación de la misma por los Usuarios del
Condominio.
ARTÍCULO 144.- Todo Condómino, Poseedor, Usuario u Ocupante tendrá la obligación de sacar fuera del Condominio, a su exclusivo
costo, la basura, el cascajo o cualquier sobrante que provenga de construcciones o modificaciones que efectúe dentro de su Unidad
de Propiedad Privada, quedando expresamente prohibido depositar estos sobrantes en las áreas comunes, en las áreas comunes
de uso asignado (lugares de estacionamiento), en el depósito de basura o en cualquier otra área dentro del Condominio.
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Reglamento Interno del Condominio High Towers Elite
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