Page 52 - Reglamento Interno HT
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ARTÍCULO 121.- El estado de liquidación de adeudos o intereses moratorios o penas convencionales, debidamente suscrito por el
Administrador y el presidente del Comité de Vigilancia del Condominio o quien lo sus�tuya, traerá aparejada ejecución en la vía
ejecu�va civil.
ARTÍCULO 122.- El Condómino que reiteradamente incumpla o viole las normas contenidas en el presente Reglamento Interno, la
Ley, las Escrituras Cons�tu�vas y el Reglamento Interno de Construcción, así como las resoluciones legalmente adoptadas o
emi�das por la Asamblea General de Condóminos, el Comité de Vigilancia o por el Administrador en uso de sus facultades, además
de ser responsable del pago de las sanciones pecuniarias correspondientes, así como de los daños y perjuicios que pudiere
causar, podrá ser demandado para que se le obligue a vender el área priva�va hasta en subasta pública.
El ejercicio de la acción a que se refiere el presente ar�culo será resuelto por la Asamblea General de Condóminos General
Extraordinaria del CONDOMINIO HIGH TOWERS ELITE, requiriendo al efecto el voto favorable de por lo menos el 51% (cincuenta
y un por ciento) del Condominio. A dicha Asamblea también será convocado el Condómino moroso o infractor, a fin de que
manifieste lo que a su derecho convenga.
ARTÍCULO 123.- Cuando un Usuario incumpla o viole las normas contenidas en el presente Reglamento Interno, la Ley, las
Escrituras Cons�tu�vas, así como las resoluciones legalmente adoptadas o emi�das por la Asamblea General de Condóminos, el
Comité de Vigilancia o por el Administrador en uso de sus facultades, además de ser responsable del pago de las sanciones
pecuniarias correspondientes, así como de los daños y perjuicios que pudiere causar, podrá demandársele previo consen�miento
del Condómino, la desocupación del área priva�va. Si el Condómino se opusiere, se procederá contra éste o contra el Usuario, en los
términos del ar�culo anterior.
El ejercicio de la acción a que se refiere el presente ar�culo será resuelto por la Asamblea General de Condóminos General
Extraordinaria del CONDOMINIO HIGH TOWERS ELITE, requiriendo al efecto el voto favorable de por lo menos el 51% (cincuenta
y un por ciento) del Condominio. A dicha Asamblea también será convocado el Condómino y el Usuario, a fin de que
manifiesten lo que a su derecho convenga.
ARTÍCULO 124.- De conformidad con el Ar�culo 3 anterior, el Condómino, Poseedor, Usuario u Ocupante será responsable solidaria
y, mancomunadamente de los daños y perjuicios causados al Condominio, a los demás Condóminos o a los bienes y áreas comunes,
por sus visitantes, así como por personal de servicio y personal de seguridad que labore para ellos, respondiendo de cualquier
sanción que de conformidad con este Reglamento Interno pudiere imponerse.
ARTÍCULO 125.- Las acciones y sanciones previstas en este Reglamento Interno se aplicarán sin perjuicio de las demás que se
contemplen en las Escrituras Cons�tu�vas, el Reglamento Interno de Construcción, la Ley y demás disposiciones legales aplicables.
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Reglamento Interno del Condominio High Towers Elite
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