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DESARROLLO DEL TEMA


               Para comprender al derecho administrativo primero debemos conocer su concepto y este es: El
               derecho administrativo es una de las ramas constitutivas del Derecho Público, se desprende del

               derecho constitucional, por lo cual, cualquier percepción que se tenga del Estado debe influir en
               el Derecho Administrativo porque este estudia las funciones de los órganos establecidos por la

               Constitución. Nuestra constitución además de establecer la soberanía del Estado (soberanía que

               se  ejerce  por  medio  de  los  tres  poderes  independientes  y  sus  tres  funciones:  poder  ejecutivo,
               poder  legislativo  y  poder  judicial),  la  constitución  establece  y  organiza  estos  tres  poderes,

               establece las relaciones entre ellos, pero no las relaciones entre cada uno de estos poderes y los
               particulares pues no las determina detalladamente; solo de una manera general la constitución

               establece la situación política de cada uno de ellos con los particulares y emplea como medio al

               DERECHO ADMINISTRATIVO. (Para el poder judicial, además del derecho administrativo se
               emplea el derecho procesal).


               En  pocas  palabras  el  “DERECHO  ADMINISTRATIVO:  Es  una  rama  del  derecho  público

               compuesto por normas jurídicas que regulan la actividad administrativa del Poder ejecutivo y la
               actividad materialmente administrativa del Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y de los entes

               públicos no estatales”.


               Aunque  también  el  autor  Maurice  Haurio  dice  que  el  derecho  administrativo  es  la  rama  del

               derecho que regula:


               1)  La  organización  de  la  empresa  de  la  administración  pública  y  de  las  diversas  personas

               administrativas en las cuales ha encarnado.
               2)  Los  poderes  y  los  derechos  que  poseen  estas  personas  administrativas  para  manejar  los

               servicios públicos.
               3) El ejercicio de estos poderes y derechos por la prerrogativa especial por el procedimiento de

               acción de oficio y las consecuencias contenciosas que se siguen.
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