Page 31 - MANUAL DE INTRODUCCION A LA COCINA
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E S C U E L A   D E  G A S T R O N I M I A  A D M I N I S T R A C I O N  Y  T U R I S M O


                        el  área  de  almacenamiento  y  de      medidas de seguridad cuando se incurra en las
                        preparación de alimentos.                citadas infracciones, según corresponda:
                   b)   No  contar  con  abastecimiento  de
                        agua potable.                             a)   Decomiso, incautación,
                                                                       inmovilización y destrucción de los
                   c)   No  contar  con  servicios  higiénicos         productos alimenticios cuando sean
                        limpios y operativos.                          considerados no aptos para el consumo
                                                                       humano.
                   d)   Dar  otros  usos  al  establecimiento
                        diferentes al autorizado.
                                                                  b)   Suspensión temporal o definitiva
                   e)   Incumplir  con  las  disposiciones             del establecimiento.
                        relativas   al   saneamiento   del
                        establecimiento.
                                                                 Artículo 47°.- De las Sanciones
                  RESPECTO A LA REPARACIÓN DE
                  ALIMENTOS                                      Conforme  a  lo  establecido  en  el  Reglamento
                                                                 sobre  Vigilancia  y  Control  Sanitario  de
                   a)    Preparar  alimentos  con  productos     Alimentos  y  Bebidas,  aprobado  por  Decreto
                         alimenticios  falsificados,  adulterados,   Supremo  N°  007-98-SA  y,  sin  perjuicio  de  la
                         de  origen  desconocido,  deteriorados,   aplicación  de  las  medidas  de  seguridad,  puede
                         contaminados, con envase abollado, sin   imponerse  las  siguientes  sanciones  según  la
                         rótulo  y/o  con  fecha  de  vencimiento   gravedad  de  la  infracción  y  la  condición  de
                         expirada.
                                                                 reincidente:
                   b)    No contar con equipos operativos que
                         aseguren  la  cadena  de  frío  cuando  se   a)  Amonestación.
                         almacenen  y  expendan  alimentos  que   b)  Multa comprendida entre un décimo
                         requieren refrigeración o congelación.      (0,1) y diez (10) Unidades Impositivas
                   c)    Exhibir,  almacenar  y  comercializar       Tributarias (U IT).
                         alimentos  junto  con  productos  tóxicos,   c)  Cierre temporal del establecimiento.
                         como      detergentes,   jabones,
                         desinfectantes y otros de alto riesgo.   d)  Cancelación de la autorización de
                                                                     funcionamiento del establecimiento.
                   d)    Permitir la presencia de animales
                         domésticos  en  los  ambientes  del      e)  Clausura definitiva del establecimiento.
                         establecimiento.
                                                                 Artículo 48°.- De la Aplicación de las
                   RESPECTO A LOS MAN IPULADORES DE              Medidas de Seguridad y las Sanciones
                   ALIMENTOS
                   a)    Incumplir con las disposiciones de      Las  medidas  de  seguridad  y  las  sanciones  son
                         higiene y hábitos personales.           aplicadas  por  la  Autoridad  Sanitaria  Municipal,
                                                                 previo informe del personal profesional calificado
                   b)    No  asistir  o  incumplir  con  las     y capacitado que ejerce la Vigilancia Sanitaria de
                         disposiciones  relativas  a  la  capacitación   Alimentos y el descargo del presunto infractor.
                         obligatoria.
                   c)    Permitir  que  los  manipuladores  de   Las Municipalidades deben contar con un
                         alimentos   continúen   con   sus       Reglamento de Infracciones y Sanciones que
                         actividades  cuando  presenten  signos   contenga los criterios establecidos en la presente
                         visibles de enfermedad y otros riesgos.   Norma Sanitaria.

                                                                 DISPOSICIÓN TRANSITORIA Y FINAL
                   Artículo 46°.- De las Medidas de Seguridad    Los  restaurantes  y  servicios  afines  deben
                                                                 adecuarse  a  las  disposiciones  de  la  presente
                   De  acuerdo  a  lo  establecido  en  el  Reglamento   Norma  Sanitaria  en  un  plazo  máximo  de  seis
                   sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos   (06) meses, contados a partir de la fecha de su
                   y Bebidas, aprobado por Decreto Supremo N°    vigencia.
                   007-98-SA,  pueden  aplicarse  las  siguientes









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