Page 43 - Regulaciones Aéreas Civiles
P. 43
Piloto de RPAS - 41
constantes por el canal apropiado de la Interceptación
dependencia de control de tránsito aéreo
y cuando sea necesario establecerá La interceptación de aeronaves civiles
comunicación en ambos sentidos con la se regirá por los reglamentos y
misma, con excepción de lo que pudiera directrices administrativas apropiados
establecer la autoridad ATS competente que la UAEAC como autoridad
en lo que respecta a las aeronaves que aeronáutica del Estado Colombiano
forman parte del tránsito de un establezcan en coordinación con la
aeródromo controlado. Así mismo, toda Fuerza Aérea Colombiana, para lo cual
aeronave en vuelo controlado o no, se dará cumplimiento al Convenio sobre
estará equipada con transponer el cual Aviación Civil Internacional en el sentido
estará operativo según las instrucciones de tener debidamente en cuenta la
de la dependencia ATS competente. seguridad de las aeronaves civiles, así
como las disposiciones pertinentes en
Falla de las comunicaciones relación con las señales a las aeronaves
interceptadas.
Si la falla de comunicaciones impide
cumplir con lo dispuesto anteriormente, Reglas de vuelo visual
la aeronave observará los
procedimientos de falla de Los vuelos VFR se realizarán de forma
comunicaciones orales. La aeronave que la aeronave vuele en condiciones de
intentará comunicarse con la visibilidad y de distancia de las nubes
dependencia de control de tránsito aéreo que sean iguales o superiores a las
pertinente utilizando todos los demás indicadas.
medios disponibles. Además, la
aeronave, cuando forme parte del Excepto cuando lo autorice el Control de
tránsito de aeródromo en un aeródromo Tránsito Aéreo, en vuelos VFR no se
controlado, se mantendrá vigilante para despegará ni aterrizará en ningún
atender a las instrucciones que puedan aeródromo dentro de una zona de
darse por medio de señales visuales. control ni se entrará en la zona de
tránsito de aeródromo, o en circuito de
Interferencia ilícita tránsito de dicho aeródromo:
Toda aeronave que este siendo objeto Si el techo de nubes es inferior a 450
de actos de interferencia ilícita, hará lo metros (1.500 pies) o;
posible por notificar a la dependencia Si la visibilidad en tierra es menor a 5
ATS pertinente este hecho, toda Km.
circunstancia significativa relacionada
con el mismo y cualquier desviación del Reglas de vuelo por instrumentos
plan de vuelo actualizado que las
circunstancias hagan necesarias, a fin Equipo de las aeronaves. Las
de permitir a la dependencia ATS dar aeronaves estarán dotadas de
prioridad a la aeronave y reducir al instrumentos adecuados y de aparatos
mínimo los conflictos de tránsito que de radionavegación apropiados a la ruta
puedan surgir con otras aeronaves. en que hayan de volar.
Niveles mínimos. Excepto cuando sea
Nota: El transpondedor en el código necesario para el despegue o el
7500 indica interferencia ilícita. aterrizaje o cuando lo autorice
expresamente la autoridad ATS
41