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o.  Disponibilidad de cupo.

                  p.  Presentarse  con el acudiente  y suscribir los dos el libro de matrícula. El acudiente
                      deberá ser una persona mayor de edad, siempre y cuando el menor esté a su cargo.

                  q.  Presentarse en la fecha programada por la Institución Educativa, para el inicio del año
                      escolar.

                  r.  Fotografías tamaño documento, para carné, secretaría, observador.

                  s.  La edad máxima para ingresar al grado sexto es de 14 años, excepto los estudiantes que
                      provienen del área rural.

                  t.  Certificado  o Constancia  de antecedentes  disciplinarios  expedido  por  la institución
                      de  donde  procede.

                  u.  Los estudiantes que solicitan su ingreso a la  Educación Nocturna o  a la Sabatina,
                      deberán tener 18 años o más. En el caso de que un menor de 18 años solicite ingreso a
                      la educación para adultos, (por algún tipo de necesidad que lo amerite), deberá solicitar
                      autorización ante la Secretaría de Educación y Comisaría de Familia, para presentarla a
                      la Institución.

                  v.  Traslados como medida preventiva: Cuando por circunstancias de orden disciplinario
                      y/o académico, previo seguimiento descrito en el observador del estudiante y habiendo
                      aplicado correctivos (traslado del caso a la comisión de resolución de conflictos a través
                      de psico-orientación, citación a padres o acudientes y remisión a comisaria de familia),
                      se obtenga un diagnóstico desfavorable de adaptación a las condiciones de la institución
                      o se vulnere los principios expresados en este manual; el rector en uso de sus facultades
                      legales gestionará ante la jefatura de núcleo, el traslado del estudiante a otra institución
                      cercana al domicilio del mismo, sin que con ello se vulnere el derecho a la educación.




                  11.2  REQUISITOS PARA READMISIONES





                  a.  En los casos, en los cuales un estudiante, haya sido objeto de retiro por decisión del
                      rector; para efectos de ser admitido de nuevo, debe cumplir con el requisito de estar un
                      año como mínimo por fuera de la institución educativa.

                  b.  Enviar solicitud escrita al Consejo Directivo en donde cite grado al que desea  ingresar.

                  c.  Exponer  los motivos  por  los  cuales se retiró.




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