Page 3 - PLM Benefit Guide 4-2018 Spanish Final
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Información Sobre La Inscripción
Quien Se Puede Inscribir
Todos los empleados de tiempo regular y sus dependientes elegibles pueden participar en el programa de beneficios de PLM
Operations. Sus dependientes elegibles incluyen:
• Cónyuge legal
• Los Compañeros Domésticos Registrados por el mandato estatal
• Los hijos menores de 26 años (natural, adoptados, tribunal designado, o hijastros)
Cuando Se Puede Inscribir
Los empleados elegibles se pueden inscribir en las siguientes ocasiones:
• Como un empleado nuevamente contratado, usted puede participar en el programa de beneficios el primero del mes
siguiendo 60 días de empleo de tiempo completo
• Durante la inscripción abierta
• Entre 30 días de un cambio de estado familiar calificado como definido por la Hacienda Publica—vea Cambios a la
Inscripción
Pagar Por Su Cobertura
Los Seguros de Vida y AD&D Básico, Deshabilite de Largo Plazo, y el Programa de Ayuda Para los Empleados se proveen a
usted sin costo y son pagados completamente por PLM Operations. Usted y PLM Operations comparten el costo de los
beneficios médico, dental, y vision. Los beneficios de vida y AD&D voluntario, accidente, enfermedad critica, y indemnización
hospitalaria que usted elige serán pagados por usted a precios de grupo descontados. Sus contribuciones a los seguros
médico, dental, y visión se restan de sus cheques antes de impuestos, lo cual le ahorra dinero. Pagar por los beneficios con
dinero antes de impuestos significa que su parte del costo se deduce antes de que se determinan los impuestos, así que
usted se queda con más dinero. Como resultado, la Hacienda Pública requiere que sus elecciones se mantengan en vigor por
el año entero. Usted no puede abandonar ni cambiar la cobertura a menos que tenga un cambio de estado familiar/evento
eliminatorio.
Cambios A La Inscripcion
Nuestros planes de los beneficios estarán en vigor del 1 de abril al 31 de marzo cada año. Hay un periodo de inscripción
abierta anual cada año, durante el cual usted puede hacer nuevas elecciones de los beneficios que estarán en vigor el
próximo 1 de abril. En cuanto usted hace sus elecciones de los beneficios, no los puede cambiar a menos que tenga un
cambio en estado familiar.
• El matrimonio, el divorcio o la separación legal • Un cambio en su residencia o lugar de trabajo (si las
• El nacimiento o la adopción de un hijo opciones de sus beneficios cambian)
• Un cambio en el empleo de su cónyuge • La perdida de cobertura a través de Medicaid o el
• Un hijo hacerse no elegible por la cobertura de depen- Programa de Seguro Medico para Los Niños (CHIP)
diente • Hacerse elegible por un programa estatal de ayuda con
• La muerte de un cónyuge o hijo las primas de Medicaid o CHIP
• La perdida de la cobertura de otro plan de seguro medico
Tenga presente que la cobertura para un dependiente nuevo no es automática. Si tiene un evento que califica, dispone de
30 días para actualizar su cobertura. La mayoría de los cambios de la cobertura entrarán en vigor el primer día del mes
siguiente al evento que sin embargo, los cambios debidos al nacimiento o la adopción de un hijo entrarán en vigor el
día del evento que califica. Comuníquese inmediatamente con el representante de Recursos Humanos para hacer su cambio,
según sea necesario. Si no actualiza su cobertura dentro de los 30 días posteriores al evento que califica, debe esperar hasta
el siguiente de inscripción abierta anual para actualizar su
Recursos en la Red
Aventájese de los recursos en el internet disponibles a través de las compañías de los seguros. Usted puede
encontrar los detalles de la cobertura, el estado actual de una reclamación, los programas de descuentos,
participar en las retas del bien estar, y mas. Vea la pagina 12 para los sitios web de las compañías de los seguros.
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