Page 29 - PACTO DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN VICENTE HOGAR - PEREIRA
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archivo de coordinación.
Parágrafo 2: La estudiante que requiera el uso de medicamentos debe
llevarlos consigo, para evitar constantes permisos de salida (causados por
gastritis, cólicos menstruales, gripe, migraña, entre otros).
Parágrafo 3: la estudiante que por hacer uso inadecuado, dañe elementos
materiales propiedad de la institución, de una compañera u otro
miembro de la comunidad educativa, deberá informar al acudiente para
que responda por su reparación o reposición, dentro de los diez días
hábiles siguientes a la comisión del hecho.
Parágrafo 4: En caso de pérdida o daño de elementos tecnológicos de una
estudiante, la institución no se hará responsable de éstos.
Parágrafo 5: Los celulares deben permanecer apagados durante la
jornada escolar y únicamente pueden ser encendidos en clase de
educación física para escuchar música durante el tiempo de trote y en los
descansos.
Parágrafo 6: En caso de utilización de elementos tecnológicos, no
autorizados por el docente, serán retenidos y entregados a la
coordinación de la institución, previo reporte de la situación en el portal
escolar o en documento escrito. Estos serán entregados al acudiente por
el coordinador en el horario de atención a padres, después de cumplidos
15 días.
Parágrafo 7: Estar involucrada en la comisión de una situación, en
cualquiera de sus tipos, afectará la nota de la convivencia escolar en el
respectivo período.
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