Page 5 - REGLAMENTO DE DOCENTES 2022-2023
P. 5

REGLAMENTO DE DOCENTES 2022-2023





                          VI.   Formular planes de mejoramiento y asegurar el cumplimiento y ejecución de
                                todas las normas, reglamentos, políticas y directrices en todas  las materias
                                de naturaleza académica, financiera y administrativa, emanadas del Consejo
                                Superior Universitario, del Rector y de otras autoridades universitarias.


                  Artículo 8°. Los términos y condiciones de colaboración de cada profesor con la Universidad
                  Hartmann,  quedarán  determinados  en  los  principios  establecidos  en  la  presente
                  normatividad, así como en un Contrato de Prestación de Servicios Profesionales, siendo este
                  último, requisito indispensable para que el docente realice su labor material.



                                                      CAPITULO II

                                             DEL PERFIL DE LOS DOCENTES

                  Artículo 9°. El perfil del personal docente  es una propuesta de la universidad sobre lo que
                  considera que es el ideal del profesor en ejercicio, de acuerdo con los principios, valores y
                  fines de su ideario.

                  Artículo 10°. Como parte de su perfil psicológico, ético y moral el profesor deberá:

                           I.   Tener la madurez psicológica correspondiente  a quien habrá de ser el mejor
                                apoyo de la universidad para lograr sus fines;
                           II.   Tener una  actitud  de  empatía y  respeto  que  favorezcan  los  procesos  de
                                comunicación necesarios en la labor de formación; y
                          III.   Tener un alto grado de autoridad moral y ética que emane de la congruencia
                                entre sus convicciones y su forma de vida.

                  Artículo 11°. Como parte de su perfil intelectual, el profesor deberá:

                           I.   Tener un dominio superior (profundo, actualizado y plural) de la materia que
                                va a impartir.
                           II.   Tener una actualización académica constante y de calidad;
                          III.   Tener, en el caso de ejercer su carrera fuera del ámbito  universitario, un
                                reconocido prestigio profesional;
                          IV.   Ser una persona culta y conocedora de diversas disciplinas.

                  Artículo 12°. Como parte de su perfil pedagógico, el profesor deberá:

                           I.   Tener una preparación pedagógica excelente, resultado tanto de  estudios
                                formales como de la práctica docente;
   1   2   3   4   5   6   7   8   9   10