Page 24 - Acadia 2021 Benefits Guide California Spanish
P. 24
Aviso general de derechos de continuidad de


cobertura de COBRA en virtud de la ley COBRA
(continuación)






Prórroga por discapacidad de un período de continuidad de la cobertura de 18 meses
Si la Administración de Seguridad Social determina que usted o cualquier otro beneficiario calificante de su familia (por ejemplo, su cónyuge o hijos dependientes,
si corresponde) sufre una discapacidad en cualquier momento durante los primeros 60 días de cobertura de COBRA o antes de que comenzara la cobertura
de COBRA y la persona todavía está discapacitada al final del período de continuidad máximo original de COBRA (generalmente, 18 meses), el período de
continuidad máximo original puede extenderse por hasta 11 meses adicionales para todos los beneficiarios calificantes que eligieron una cobertura de COBRA
a causa del evento de calificación inicial. La prórroga solo se aplica si el beneficiario notifica al Administrador de COBRA por escrito antes del final del período
de COBRA máximo inicial (generalmente, 18 meses) y dentro de los 60 días posteriores a la última de las siguientes: (1) la fecha en que la Administración de
Seguridad Social notifica al beneficiario calificante de la determinación de discapacidad; (2) la fecha en que se desvinculó o redujo sus horas de empleo; y (3) la
fecha en la que la cobertura se perdería en virtud del plan como resultado de su desvinculación laboral o reducción de horas de empleo. Si no se proporciona
una notificación por escrito oportuna de la determinación de discapacidad, la notificación será rechazada y no se ofrecerá ninguna cobertura de COBRA
adicional más allá del período original de 18 meses.

La persona afectada también debe notificar al administrador del plan COBRA dentro de los 30 días de cualquier determinación final de que la persona ya no
está discapacitada.
Prórroga por un segundo evento caliicante de la cobertura de continuidad de un período de 18 meses
Si su familia experimenta otro evento calificante mientras recibe la continuidad de la cobertura de 18 meses de COBRA, el cónyuge y los hijos dependientes
de su familia pueden recibir hasta 18 meses adicionales de continuidad de la cobertura de COBRA, por un máximo de 36 meses, si se cursa correctamente el
aviso del segundo evento calificante al Plan. Esta prórroga puede estar disponible para el cónyuge y los hijos dependientes que reciben la continuidad de la
cobertura si el Empleado o exempleado fallece, obtiene el derecho a los beneficios de Medicare (en virtud de la Parte A, de la Parte B o de ambas), o se divorcia
o se separa legalmente; o si el hijo deja de ser elegible en virtud del Plan como hijo dependiente, pero solo si el evento hubiera causado que el cónyuge o el hijo
dependiente perdiesen la cobertura en virtud del Plan si el primer evento calificante no hubiera ocurrido.











































24 | California
   19   20   21   22   23   24   25   26   27   28   29