Page 13 - Llegada de los Hnos a Jinotega, Nicaragua FINAL
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                               DEL CONTRATO CON EL GOBIERNO






                         “Sebastián O. Núñez, Ministro de Instrucción Pública, en representación del gobierno, por
                         una parte, y el Hermano Apolinar Pablo, en nombre y representación del Reverendísimo
                         Hermano Imier de Jesús, Superior General de los Hermanos de las Escuelas Cristianas,
                         convienen en el contrato siguiente:




                                                                   -I-


                               Los Hermanos se comprometen a regentar la Escuela Graduada complementaria de
                               Niños de Jinotega, con un personal docente que consta de no menos de 1 Director, de
                               3 Hermanos Profesores y del número de Maestros graduados que sea necesario según
                               las necesidades del establecimiento.


                               La lista del personal será presentada por el Director del Instituto Pedagógico al Señor
                               Ministro de Instrucción Pública, quien hará los nombramientos correspondientes.




                                                                  -II-


                               El Gobierno se compromete: Primero: A dar el local. Agua, mueblaje y material de
                               enseñanza para el buen funcionamiento de la Escuela y el alojamiento del profesorado.
                               Segundo: A pagar por cada Hermano Profesor, la cantidad de cincuenta pesos oro,
                               (C$ 50.00) mensuales. El sueldo del Director será de sesenta pesos oro (C$ 60.00)
                               mensuales. Por aseo de la Escuela y patios, el Gobierno pagará mensualmente la
                               cantidad de doce pesos oro (C$ 12.00).


                               Todos estos sueldos serán pagados por el Ministerio de Instrucción Pública, en esta
                               capital, al Director del Instituto Pedagógico de Varones. Los sueldos de los maestros
                               graduados serán los que determinan las disposiciones legales vigentes.






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