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Un Seguro a tu medida…


                         Para el caso de pérdida total del vehículo Amparado que afecte la cobertura de 1.- Daños Materiales
                         y 2.- Robo Total, el monto de la indemnización será el valor comercial de la unidad al momento del
                         siniestro. La determinación del valor comercial de la unidad se realizará con base en lo siguiente:





                      A.  Para vehículos dentro de sus primeros 12 meses de uso se indemnizará con base en el valor factura
                         de origen aplicando la depreciación que corresponda de acuerdo con la siguiente tabla:


                                           Meses desde la fecha de   Porcentaje de
                                          facturación de origen a la   Depreciación
                                             fecha del siniestro
                                                  0 a 6                 0%
                                                 6.1 a 7                8%
                                                 7.1 a 8                9%
                                                 8.1 a 9               10%
                                                 9.1 a 10              11%
                                                10.1 a 11              12%
                                                11.1 a 12              13%



                         B.  Para vehículos con más de un año de uso se indemnizará con base en el valor de venta más alto
                             que para ese vehículo muestren las guías EBC  (publicaciones  especializadas en precios de
                             automóviles) a la fecha del siniestro.
                             La suma asegurada corresponderá al  90%  del valor comercial. Cuando las  publicaciones
                             especializadas muestren únicamente el precio de lista para el vehículo en cuestión y no su valor
                             de venta, se considerará como valor comercial del vehículo el 85% de dicho precio de lista.


                  SECCION II

                  _________________________________________________________________________

                                        ACCIDENTES PERSONALES DEL CONDUCTOR

                  _________________________________________________________________________



                      A)  Gastos Médicos del Conductor

                   Riesgos cubiertos

                  El pago de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicinas, atención médica, enfermeros, y gastos
                  de entierro, originados por lesiones corporales que sufra el Agremiado o cualquier persona que conduzca el
                  vehículo, en accidentes automovilísticos ocurridos mientras se encuentren dentro del compartimiento, caseta
                  o cabina destinados a la conducción del vehículo Amparado.




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