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Un Seguro a tu medida…
a) Cuando el Conductor o propietario del vehículo Amparado rehúse presentarse ante la
Autoridad Competente.
b) Por no aceptar o nombrar como su abogado defensor al designado por el Prestador de
Servicios.
C) Cuando la Compañía haga valer alguna de las exclusiones contempladas en Riesgos no
amparados por el Contrato de las Condiciones Generales.
d) No se pagarán ni reembolsarán en ningún caso dádivas, ratificaciones, gastos de copias, ni
cualquier otro concepto que no esté contemplado en estos términos y condiciones.
e) Cuando el vehículo Amparado y/o Conductor participe en la comisión de delitos
intencionales o diferentes delitos a los cometidos imprudencialmente con motivo del
tránsito de vehículos.
f) Cuando los daños resulten por una acción intencional del Conductor del vehículo Amparado.
g) Cuando el vehículo Amparado haya sido introducido ilegalmente al país o se conduzca un
vehículo de mayor capacidad o tonelaje del contratado.
h) No se proporcionará el servicio de asesoría y defensa legal a favor del Conductor o
propietario del vehículo en caso de juicio o demanda en materia civil, con motivo del servicio
legal brindado en materia penal.
i) Si a consecuencia de un Accidente Automovilístico, se inicia averiguación previa en contra
del Conductor del vehículo Amparado por delitos en contra de la salud, por tráfico de
narcóticos o por la introducción de bienes de manera ilícita al país, tampoco se
proporcionará la defensa legal ni fianza o caución en efectivo por estos delitos.
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CLAUSULA IV
SUMAS ASEGURADAS
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SUMAS ASEGURADAS.
La cantidad que se pagará en cada cobertura por cada riesgo que se ampara bajo este contrato queda
especificado en la Carátula. las sumas aseguradas de las coberturas: Daños Materiales, Robo Total y
Responsabilidad Civil por Daños a Terceros; se reinstalarán automáticamente cuando hayan sido reducidas
por el pago de cualquier indemnización parcial efectuada por la Compañía durante la Vigencia de contratación.