Page 237 - Temario para Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo (P.P.E.R.)
P. 237

Artículo 32  Reglas y condiciones para la colocación del marcado CE
                CAPÍTULO X.  Evaluación de conformidad
                Artículo 33  Reglas generales para la evaluación de conformidad
                Artículo 34  Procedimiento de evaluación
                Artículo 35  Diseño y construcción de las embarcaciones de recreo
                Artículo 36  Diseño y construcción de motos náuticas y componentes
                Artículo 37  Emisiones de escape
                Artículo 38  Emisiones sonoras
                Artículo 39  Evaluación posterior a la fabricación
                Artículo 40  Requisitos adicionales
                Artículo 41  Documentación técnica
                CAPÍTULO XI.  Organismos notificados
                Artículo 42  Requisitos relativos a los organismos de evaluación de la conformidad para ser notificados
                Artículo 43  Presunción de conformidad
                Artículo 44  Solicitud de notificación
                Artículo 45  Procedimiento de notificación
                Artículo 46  Números de identificación y listas de organismos notificados
                Artículo 47  Cambios en las notificaciones
                Artículo 48  Obligaciones operativas de los organismos notificados
                Artículo 49  Obligaciones de información de los organismos notificados
                Artículo 50  Recursos
                Artículo 51  Coordinación de los organismos notificados
                Artículo 52  Subcontrataciones y filiales de los organismos notificados
                CAPÍTULO XII.  Vigilancia del mercado, control de productos y procedimiento de salvaguardia
                Artículo 53  Control de los productos que entren en el mercado de la Unión Europea
                Artículo 54  Procedimiento en el caso de productos que supongan un riesgo a nivel nacional
                Artículo 55  No conformidad formal
                Artículo 56  Vigilancia del mercado, control de productos y procedimientos de salvaguardia
                CAPÍTULO XIII.  Régimen sancionador
                Artículo 57  Normativa aplicable en el ámbito sancionador
                DISPOSICIONES ADICIONALES
                Disposición adicional única  Embarcaciones con motores de combustibles GLP
                DISPOSICIONES TRANSITORIAS
                Disposición transitoria única  Periodo transitorio
                DISPOSICIONES DEROGATORIAS
                Disposición derogatoria única  Derogación normativa
                DISPOSICIONES FINALES
                Disposición final primera  Incorporación de Derecho de la Unión Europea
                Disposición final segunda  Título competencial
                Disposición final tercera  Habilitación normativa
                Disposición final cuarta  Entrada en vigor
                ANEXO I . Requisitos esenciales
                A) Requisitos esenciales para el diseño y la construcción de los productos contemplados en el artículo 2
                B) Requisitos esenciales para las emisiones de escape de los motores de propulsión
                C. Requisitos esenciales para las emisiones sonoras
                ANEXO II . Componentes de las embarcaciones
                ANEXO III . Declaración del fabricante o del importador de embarcaciones semiacabadas
                ANEXO IV . Declaración UE de conformidad n.o xxxxx
                ANEXO V . Conformidad equivalente sobre la base de la evaluación posterior a la fabricación (Módulo
                EPF)
                4. Marcado CE y declaración UE de conformidad.
                ANEXO VI . Requisitos adicionales en caso de que se utilice el control interno de la producción y los
   232   233   234   235   236   237   238   239   240   241   242