Page 50 - Manual BAE
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Además, el trabajador debe tener entre 16 y 25 años. Para los trabajadores
con discapacidad, sin embrago, no existe un límite de edad.
La duración mínima de este tipo de contratos es por un año, y la máxima de
3 años.
El contrato para la formación y aprendizaje también le ofrece incentivos
económicos al empleador:
● Si la contratación se celebra con un demandante de empleo, el
empleador obtiene el derecho al 100% de la cuota de la seguridad
social, durante la vigencia del contrato.
● Además, si el contrato se transforma en indefinido, la empresa
tendrá el derecho a 1500 euros al año, si el trabajador es hombre, y
1800 euros si es mujer.
CONTRATO EN PRÁCTICAS:
Tiene por objeto que el trabajador obtenga práctica profesional adecuada a
los estudios que ha realizado, por lo que pueden confrontar sus
conocimientos con la realidad laboral y adquirir experiencia, al mismo
tiempo que se adaptan a las necesidades de la empresa con la que firmen el
contrato.
Por tanto, es necesario tener a personas específicas que puedan orientar al
trabajador para que mejore su rendimiento.
Entre sus características específicas es que se formaliza únicamente por
escrito y el salario nunca será inferior al mínimo interprofesional.
Podrá celebrarse con quienes posean un título universitario o formación
profesional, siempre y cuando no excedan de 5 años desde la finalización de
sus estudios.
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