Page 50 - Manual BAE
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Además, el trabajador debe tener entre 16 y 25 años. Para los trabajadores
                  con discapacidad, sin embrago, no existe un límite de edad.


                  La duración mínima de este tipo de contratos es por un año, y la máxima de

                  3 años.


                  El  contrato  para  la  formación  y  aprendizaje  también  le  ofrece  incentivos
                  económicos al empleador:



                     ●     Si  la  contratación  se  celebra  con  un  demandante  de  empleo,  el
                           empleador obtiene el derecho al 100% de la cuota de la seguridad
                           social, durante la vigencia del contrato.

                     ●     Además,  si  el  contrato  se  transforma  en  indefinido,  la  empresa

                           tendrá el derecho a 1500 euros al año, si el trabajador es hombre, y
                           1800 euros si es mujer.


                  CONTRATO EN PRÁCTICAS:


                  Tiene por objeto que el trabajador obtenga práctica profesional adecuada a

                  los  estudios  que  ha  realizado,  por  lo  que  pueden  confrontar  sus
                  conocimientos  con  la  realidad  laboral  y  adquirir  experiencia,  al  mismo

                  tiempo que se adaptan a las necesidades de la empresa con la que firmen el
                  contrato.


                  Por tanto, es necesario tener a personas específicas que puedan orientar al

                  trabajador para que mejore su rendimiento.


                  Entre  sus  características  específicas  es  que  se  formaliza  únicamente  por
                  escrito y el salario nunca será inferior al mínimo interprofesional.


                  Podrá  celebrarse  con  quienes  posean  un  título  universitario  o  formación

                  profesional, siempre y cuando no excedan de 5 años desde la finalización de
                  sus estudios.










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