Page 25 - Prácticas de Innovación de los procesos educativos 2020/21 - Patricia Ruiz Adrover
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f) Acceder al sistema informático de gestión académica y X
administrativa de los centros educativos, donde residen los
expedientes académicos del alumnado, y custodiar,
conservar y actualizar los expedientes en soporte
documental o electrónico, conforme al nivel de protección y
seguridad establecido en la normativa vigente.
f) Coordinar al personal y gestionar los recursos del centro X
con criterios de calidad, eficacia, eficiencia y sostenibilidad a
través de una adecuada organización y funcionamiento del
mismo.
f) Organizar el horario y el sistema de trabajo diario y X
ordinario del personal funcionario no docente y del personal
laboral destinado en el centro, de acuerdo con la normativa
vigente, y velar por el reparto equitativo de las horas lectivas,
de los grupos y de las tareas de trabajo.
f) Organizar los apoyos personales para la inclusión del X
alumnado, de acuerdo con las directrices de la comisión de
coordinación pedagógica o el órgano del centro que tenga
atribuidas estas funciones.
g) Dirigir la actividad administrativa del centro, incluyendo, en X
su condición de personal funcionario público, las
competencias para cotejar y compulsar documentos
administrativos según la normativa vigente, sin perjuicio de
las funciones de fe pública reconocidas, en este aspecto, a
las secretarias o secretarios de centros educativos.
g) Establecer el procedimiento de evaluación de las faltas de X
asistencia del alumnado, coordinando las actuaciones para
la prevención y corrección del absentismo escolar dentro del
centro y con otros organismos externos a este.