Page 179 - MANUIDPHU
P. 179
179
contrario, entregando a éste la calidad de educación que la
constitución desea.
Corte Constitucional. Sentencia T -397 de agosto 19 de 1997.
“Considera la Corte que quien se matricula en un centro
educativo con
el objeto de ejercer el derecho que
constitucional fundamental lo
ampara, po es mis hec obligaci que
contrae r e mo ho ones debe
t
cumpli a manera n pu invocar el mentado
r, de l que o ede derecho
q
para excusar las u incurra. Por ello, si
infracciones en e reclama
el
protección l acción tutela, plant
mediante a de alegando que el
desconoce las garantías aplicarle una e
constitucionales al sanción, s
l p
imperioso e jue verifiq tan o actos o
que l z ue to s ejecutados r
l co
a autoridad centro m la conducta
s es del educativo o observada
Inteligencias Múltiples