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IMPUESTOS DE COLOMBIA
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Hecho Imponible: toda transacción financiera que realicen los sujetos pasivos.
Causación: es un impuesto instantáneo y se causa en el momento en que se realice
la transacción financiera, es decir, que se obtenga la disposición de los recursos IMPUESTOS DE COLOMBIA
objeto de la transacción financiera, sea por abono, pago en efectivo o expedición de
cheques. Se causa por cada operación sujeta al impuesto, pero por efectos
administrativos se consagra un periodo semanal para presentar las declaraciones
correspondientes por parte de los responsables.
La causación del gravamen a los movimientos financieros se encuentra consagrada
en el artículo 873 del Estatuto Tributario dice: es un impuesto instantáneo y se causa
en el momento en que se produzca la disposición de los recursos objeto de la
transacción financiera.
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Base Gravable: La base gravable del GMF estará compuesta por el valor total de
la transacción financiera mediante la cual se dispone de los recursos. En el caso de
los Depósitos a Término que se paguen mediante abono en cuenta ya sea en cuenta
corriente o de ahorros o de depósito en el Banco de la República, la base está
constituida por el valor del principal y los intereses.
Tarifas: La tarifa del gravamen a los movimientos financieros será del cuatro por IMPUESTOS DE COLOMBIA
mil (4 x 1.000).
Impuesto de Timbre Nacional
Es un tributo documental, ya que recae sobre los documentos públicos o privados
en los que se haga constar la constitución, existencia, modificación o extinción de
obligaciones. Es formal, pues sólo grava las formas escritas; es directo, porque está
dirigido a gravar al destinatario del impuesto, es decir, a la persona que incurre en
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el acto o contrato. Tradicionalmente se consideró un impuesto objetivo, pero la
descripción del hecho generador contenida en la Ley 6 de 199212 introdujo
consideraciones con relación a las calidades personales del creador del documento,
razón por la cual actualmente ha adquirido cierto carácter subjetivo.
Sujeto Activo: El estado y se concreta esta calidad de sujeto activo, a través de las
autoridades fiscales, específicamente mediante las funciones de vigilancia,
determinación y cobro que realiza la Unidad Administrativa Especial – Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales. IMPUESTOS DE COLOMBIA IMPUESTOS DE COLOMBIA