Page 153 - Cuadernillo Discapacidad
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El juez correspondiente en materia civil declaró, entre otras cuestiones, la rescisión del
                contrato de arrendamien to señalado y, en consecuencia, ordenó la desocupación y entrega
                del inmueble, sin pronunciarse sobre las costas. Contra dicha determinación, la parte de­
                mandada interpuso un recurso de apelación, mismo que fue resuelto en el mismo sentido
                que la anterior instancia y condenó a la misma al pago de gastos y costas generados en
                ambas instancias. Inconforme con tal resolución, la mujer promovió un juicio de amparo
                directo, señalando la existencia de discriminación procesal al no haber sido reconocida
                por las autoridades responsables su discapacidad visual, así como la vulneración del correc­
                to ejercicio de sus derechos procesales y de defensa. Dicho amparo le fue negado, por lo
                que interpuso un recurso de revisión, mismo que fue materia del presente juicio.

                La Corte determinó que el órgano colegiado realizó un análisis incorrecto al no pronun­
                ciarse con respecto a dichas medidas o ajustes razonables en el procedimien to de confor­
                midad con las directrices y lineamien tos del modelo social de los derechos humanos de
                las personas con discapacidad. Por lo anterior, ordenó revocar la sentencia recurrida y
                devolver los autos al Tribunal Colegiado para que analice en un plano de legalidad y atienda
                los lineamien tos del modelo social para determinar si procede o no reponer el procedimien­
                to natural a fin de garantizar el derecho de acceso a la justicia en condiciones de igualdad
                por la discapacidad visual de la recurrente.

                Problema jurídico planteado


                ¿Cuáles son las obligaciones de las autoridades jurisdiccionales para asegurar el acceso a
                la justicia de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás
                personas?

                Criterio de la Suprema Corte


                Las autoridades jurisdiccionales son responsables de realizar una contestación expresa   Las autoridades jurisdiccionales
                                                                                            son responsables de realizar
                con respecto a los ajustes en el procedimien to solicitado por una de las partes (misma   una contestación expresa con
                                                                                            respecto a los ajustes en el
                que vive en situación de discapacidad), de modo que su omisión sería violatoria conforme   procedimiento solicitado por
                                                                                            una de las partes.
                a lo plasmado en el artícu lo 14 constitucional y en el marco internacional que regula la
                materia. Lo anterior debido a que, en caso de que la autoridad advierta o le sea advertido
                que algu na de las partes tiene una condición o diversidad funcional que genera una des­
                ventaja o vulnerabilidad procesal, se encuentra obligada a realizar un ajuste razonable al
                pro cedimien to, a fin de garantizar el acceso a la justicia en condiciones de igualdad. De este
                modo, las autoridades jurisdiccionales se encuentran obligadas a otorgar una contestación
                puntual, fundando y motivando su respuesta, y siguiendo las directrices y lineamien tos
                del modelo social de derechos humanos de las personas con discapacidad.

                Justificación del criterio


                "Las personas con discapacidad tienen derecho a una protección especial por parte del
                Estado y a la realización de ajustes razonables para garantizar su acceso a la justicia en







                                                                      Derechos de las personas con discapacidad  135
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