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tratado con dignidad, definiendo con precisión las responsabilidades de cada una de las partes y
explicando el procedimiento a seguir por las personas que sean objeto de acoso sexual, incluyendo
el compromiso de un tratamiento serio, rápido y confidencial, la protección frente a represalias y la 11
garantía de que se aplicarán las medidas disciplinarias adecuadas.
La falta de normatividad clara y eficiente por parte de las instituciones tiene como consecuencia
las siguientes causas por las que no se denuncia el acoso y hostigamiento sexual:
• Desestimación que sufren las quejas de las presuntas víctimas;
• Burocratización del procedimiento;
• Afectación psicológica y de reputación laboral que ello tiene;
• Incertidumbre que se tiene de que el procedimiento sea verdaderamente justo;
• Miedo a las represalias (abiertas o veladas) tanto del agresor como del patrón;
• Falta de protocolos de actuación;
• Personal sensibilizado y capacitado.
En cuanto al acompañamiento, asesoría y asistencia, la institución debe contar con protocolos
concretos de actuación frente al hostigamiento y acoso sexual. Se recomienda la designación de
una persona o comisión específica, que se encargue de proporcionar asesoramiento y asistencia
a las víctimas, y que vele por el cumplimiento de la normativa existente y del procedimiento de
denuncia y sanción establecido.
Lo anterior exige evaluar las implicaciones que tiene para las mujeres cualquier acción que se
programe en el contexto de las actividades administrativas, económicas, culturales, recreacionales
o reglamentarias, que se desarrollen al interior de las instituciones y, por consecuencia, garantizar
el respeto a los derechos humanos, a los principios de igualdad y de no discriminación.
Conclusiones
• El acoso y hostigamiento sexual viola derechos humanos.
• En la medida en que se produce en el ámbito laboral, representa una violación del derecho a trabajar
en un ambiente libre de violencia.
• Es un acto de discriminación que limita el acceso igualitario de mujeres y varones a mejores
oportunidades de vida.
• La prevención es el mejor instrumento para eliminar el acoso y hostigamiento sexual en el lugar
de trabajo. Para ello debemos alentar una política de “Tolerancia Cero”.
• Es importante desarrollar acciones de prevención que aseguren que el lugar de trabajo sea digno,
de calidad, libre de violencia.
• Es necesaria la creación institucionalizada de Comités de Atención a Situaciones de Violencia
Laboral, con credibilidad, conocimiento y reglas para operar, así como presupuesto económico
para el apoyo psicoterapéutico.
• Es fundamental reconocer el acoso y hostigamiento sexual como un grave problema de salud
pública, de dimensiones exorbitantes, es uno de los grandes males derivados de las condiciones
de crisis económicas y del consiguiente incremento en la desigualdad social.
• Incorporar el enfoque de Derechos Humanos en cada una de las acciones que se realicen.