Page 17 - ANÁLISIS DE OTORGAMIENTO DE TÍTULOS DE PROPIEDAD POR LOS GADS Y SUBSECRETARIA DE TIERRAS.
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ques, ecosistemas frágiles como humedales, páramos y cerlo, no obstante esta prohibición, tales actuaciones, adjudicaciones realizadas por el Estado o adquiridas nificación que este requiera, de manera obligatoria y
manglares, que respete los derechos de la naturaleza y actos y contratos se presumirán legalmente nulos, sin en la forma prevista en la legislación civil; frecuencia semestral
del buen vivir; y que contribuya al mantenimiento del perjuicio de la responsabilidad legal de los responsa- De acuerdo al diccionario jurídico de Guillermo Ca- Finalmente, la autoridad Agraria Nacional remitirá
entorno y del paisaje. bles y la sanción que corresponda. banellas, por propiedad privada se entiende aquella la providencia de adjudicación a los Gobiernos Autó-
Las tierras a las cuales se refieren los “derechos y cuyo titular es una persona física o abstracta, o si per- nomos Descentralizados municipales y metropolita-
Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios An-Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios An- acciones de sitio”, “derechos y acciones de montaña” tenece proindiviso a algunas, de una u otra índole, nos de los cantones o distritos, donde se encuentra el
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cestrales; en sus artículos señalan u otros similares, son tierras estatales y deben adju- con el ejercicio más completo que las leyes reconocen predio, para su catastro y registro, con cargo al adju-
dicarse a sus legítimos posesionarios de conformidad sobre las cosas, a menos de cesiones temporales de dicatario. La inscripción de la adjudicación en el co-
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Artículo 56.- Efectos jurídicos de la posesión agra- - con esta Ley. En consecuencia, quienes hayan poseí- ciertas facultades. rrespondiente Registro de la Propiedad la solicitará la
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ria. El reconocimiento de la posesión agraria, no cons- do o cultivado aquellas tierras, fundados en tales títu- A r t íc u lo 87.- D e l p a t r im o nio de t ier ra s r ura les de l Autoridad Agraria Nacional dentro de los treinta días
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Artículo 87.- Del patrimonio de tierras rurales del
tituye título de dominio. Sin embargo, el posesionario los, están obligados a adquirirlos en la forma y dentro Estado. Son tierras rurales estatales las siguientes: siguientes a la adjudicación. Su omisión será causal de
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por excepción, cuando aún no ha solicitado la adjudi- de los límites establecidos en esta Ley; de lo contrario destitución del funcionario responsable.
cación puede: la Autoridad Agraria Nacional dispondrá de ellas. a) Tierras rurales que formando parte del terri-
a) Transferir su derecho de posesión mediante torio nacional carecen de otro dueño. Al parecer la Ley es clara y su reglamento de aplica-
instrumento público. En dicho acto no se transfiere el A r t. 70.- P er f e ccio n a mien t o . Por tierras rurales se entiende el espacio físico de ción facilitaría el trámite de los adjudicatarios, sin em-
Art. 70.- Perfeccionamiento. La titulación se rea-
tiempo de posesión sino únicamente la posesión del lizará mediante acto administrativo de adjudicación terreno, que pertenece al campo, que son parte del bargo las estadísticas señalan lo contrario desde el año
predio de forma pública y pacífica, por lo cual, el nue- de la Autoridad Agraria Nacional en el ámbito de estado ecuatoriano y que carecen de otro dueño, las 2016 de su promulgación los resultados de impacto en
vo posesionario debe acreditar el tiempo mínimo de sus competencias y coordinará su perfeccionamien- mismas se encuentran fuera del perímetro urbano, y cuanto se refiere a regularización, adjudicación, otor-
cinco años para ser adjudicatario de la tierra rural es- to con los Gobiernos Autónomos Descentralizados. pueden ser legalizadas únicamente a través de la Sub- gamiento de títulos de propiedad y registro de tierras
tatal; y, Los actos de transferencia de dominio de predios secretaria de Tierras, previo el cumplimiento de las en el Ecuador hasta la fecha sigue siendo una lucha
b) Por causa de muerte se transmite la posesión adjudicados por la Autoridad Agraria Nacional al formalidades establecidas en la ley, siendo uno de los constante que se conoce el inicio pero no el final, la
agraria de tierra rural estatal. Sin embargo, esta no amparo de esta Ley, serán considerados de cuantía más importantes requisitos la posesión del bien in- burocracia termina por el cansancio a quienes aspiran
constituye justo título mientras no es adjudicada. El indeterminada y estarán exentos del pago de tributos mueble por más de cinco años. tener su título de propiedad que les permite acceder al
causante transmitirá a sus herederos el tiempo de po- correspondientes a la transferencia de dominio. La crédito a un nuevo y seguro emprendimiento o por lo
sesión agraria del predio. Autoridad Agraria Nacional remitirá la providencia Analizando a la LOTRYTA, constituye el instru- menos que le dé la tranquilidad de ser propietario de
mento determinante para la entrega de títulos de pro-
No tienen validez legal los gravámenes constituidos de adjudicación a los Gobiernos Autónomos Descen- piedad en el área rural, que empieza con el Registro la unidad productiva sobre la que trabaja.
Discusión
sobre tierras del Estado por quienes para hacerlo, se tralizados municipales y metropolitanos de los can- desde el sistema de información pública agropecua- Di s c u sió n
han arrogado falsamente la calidad de propietarias o tones o distritos, donde se encuentra el predio, para rio que precisa en el art. 42 que la Autoridad Agraria En este apartado se exponen los resultados de la in-
propietarios; así como los actos y contratos otorgados su catastro y registro, con cargo al adjudicatario. La Nacional tiene bajo su responsabilidad el registro de vestigación, arrojados con la aplicación de los métodos
por particulares sobre dichas tierras. inscripción de la adjudicación en el correspondien- la tierra rural que garantiza la seguridad jurídica en empíricos, especialmente el análisis obtenido a través
No puede constituirse sobre las tierras rurales estatales te Registro de la Propiedad la solicitará la Autoridad materia de tierras rurales en el Registro de Tierra Ru- del proceso de entrevistas a expertos profesionales en
ningún derecho real por la sola voluntad de los parti- Agraria Nacional dentro de los treinta días siguientes ral deben constar las tierras rurales privadas, comu- el área derecho registral. Los criterios expresados por
culares. Solo mediante acto administrativo que emane a la adjudicación. Su omisión será causal de destitu- nitarias y estatales; y de propiedad mixta, asociativa, los Notarios y Registradores de la propiedad en sus di-
de la Autoridad Agraria Nacional se puede constituir ción del funcionario responsable. cooperativa; las tierras transferidas o adjudicadas por ferentes concepciones son variados pero en materia de
título de dominio a favor de los particulares. el Estado, las tierras que, a cualquier título pasen a
Podemos evidenciar que para el perfeccionamien- ser parte del patrimonio de tierras estatales rurales respeto a leyes y providencias coinciden en su criterio,
Artículo 57.- Instrumentos jurídicamente inefi-Artículo 57.- Instrumentos jurídicamente inefi- to de la adjudicación de e información sobre propiedad o posesión, arrenda- lo que de manera sistematizada expresamos en este
acápite; este análisis se encuentra en correlación con el
c aces.- bienes a través de la Subsecretaría de Tierras, la cuan- miento, usufructo o cualquier otra modalidad con- análisis documental. La tabulación de los resultados se
caces.- Las transferencias de derechos fundados en
“posesiones, derechos y acciones de sitio”, “derechos y tía de este acto es indeterminada, están exentos de tractual, ubicación y extensión de los predios rurales. muestra de manera gráfica en el apéndice uno.
acciones de montaña” y los originados en tales instru- pago de tributos en lo que tiene que ver con transfe-
mentos y otros similares, como hijuelas, compraventa rencia de dominio y establece el plazo para inscribir Forman parte del Registro de Tierras Rurales, - Antes de la promulgación y vigencia de la Ley de
de derechos y acciones, herencias, donaciones, pres- la resolución que emite esta entidad es decir treinta la información contenida en los registros de tierras Tierras Rurales y Territorios Ancestrales todo acto de
cripción adquisitiva de dominio sobre tierras estatales, días . que estuvieron a cargo del ex Instituto Ecuatoriano adjudicación, venta, traspaso de dominio era protoco-
no constituyen título de propiedad por el hecho de ha- Artículo 85.- Definición y formas de propiedad. Artículo 85.- Definición y formas de propiedad. de Reforma Agraria y Colonización, el ex Instituto lizado e incorporado al libro de protocolos en base a lo
berse inscrito ante el Registro de la Propiedad y catas- Para los efectos de esta Ley, la propiedad rural es la de Desarrollo Agraria y toda otra información de que determina la Ley de Datos Públicos, Ley Notarial
trado en el municipio, ni aún si hayan pagado tributos titularidad de dominio que da derecho a usar, gozar y tierra rural del Estado. En el reglamento a esta Ley y Registral, acogiendo el principio del tracto sucesivo
por el predio. Está prohibido a las y los notarios, regis- disponer, de acuerdo con la Constitución y la Ley, de se establecerá la información que deberá contener y el Código Civil en lo que corresponde aunque con
tradores de la propiedad y funcionarios municipales, la tierra que tiene aptitud agrícola, pecuaria, forestal, el Registro de Tierra Rural. Para los efectos de esta este último manifiestan haber contradicciones preve-
protocolizar, certificar, incorporar al catastro, registrar silvícola o acuícola, de conservación agraria, recrea- Ley, las autoridades estatales y los Gobiernos Autó- nibles, desde luego para este acto previamente debía
o autorizar particiones, sucesiones, transferencias de ción y ecoturismo. Son formas de propiedad de la tie- nomos Descentralizados, así como los Registradores estar catastrado.
dominio y más actos y contratos basados en títulos, rra, para los efectos de la presente Ley, las siguientes: de la Propiedad, deberán proporcionar al Sistema de - En la actualidad dependiendo la Ordenanza Mu-
instrumentos o “derechos y acciones de sitio”, “dere- b) Propiedad privada. La adquirida por los particu- Información Pública Agropecuaria, la información nicipal relacionada con legalización de tierras, retazos,
chos y acciones de montaña” y otros similares. De ha- lares, personas naturales o jurídicas provenientes de estadística, documental, técnica, catastral y de pla- excedentes, bienes mostrencos, etc. que cada Gobier-
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