Page 15 - ANÁLISIS DE OTORGAMIENTO DE TÍTULOS DE PROPIEDAD POR LOS GADS Y SUBSECRETARIA DE TIERRAS.
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Criterios éticos de la investigación
Cr i t er ios ét icos de l a in v es t igació n El Art. 282.-El Art. 282.- El Estado normará el uso y acceso a la deben registrarse”. De igual forma el literal a) del ar- siderarán como lotes, o como fajas, o como excedentes
La presente investigación se ciñe en un criterio tierra que deberá cumplir la función social y ambien- tículo antes señalado expresa “Servir de medio de tra- o diferencias provenientes de errores de medición.
ético tanto de la investigadora, como de los entrevis- tal. Un fondo nacional de tierra, establecido por ley, dición del dominio de los bienes raíces y de los otros Por excedentes o diferencias se entenderán todas
tados, para lo que se solicita la autorización respec- regulará el acceso equitativo de campesinos y campe- derechos reales constituidos en ellos.” aquéllas superficies de terreno que excedan de área
tiva; así como para de la revisión documental de or- sinas a la tierra. Se prohíbe el latifundio y la concen- original que conste en el respectivo título y que se
denanzas, resoluciones administrativas, procesos de tración de la tierra, así como el acaparamiento o pri- El Código Orgánico de Ordenamiento Territorial El Código Orgánico de Ordenamiento Territorial determinen al efectuar una medición municipal por
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adjudicación, providencias, etc.; quienes actúan en vatización del agua y sus fuentes. El Estado regulará el Autonomía y descentralización (COOTAD), El Códi- cualquier causa o que resulten como diferencia entre
su ejercicio autónomo descentralizado y jurisdiccio- uso y manejo del agua de riego para la producción de go Orgánico de Organización Territorial Autonomía una medición anterior y la última practicada, bien sea
nal con ética en cada uno de sus casos, en tanto que alimentos, bajo los principios de equidad, eficiencia y y Descentralización “COOTAD” establece en su Art. por errores de cálculo o de medidas. Estos excedentes
en los resultados se obtienen a través de un razona- sostenibilidad ambiental, con lo cual, desde la creación 57., las atribuciones del Concejo Municipal mencio- o diferencias se adjudicarán al propietario del lote que
miento coherente. de la nueva carta magna del país, se prohíbe el latifun- nándonos las competencias en cuanto a: ha sido mal medido cobrándole el precio de mercado.
dio y la concentración de la tierra, lo que confirma la • Plan Cantonal de desarrollo
necesidad de leyes conexas que normen lo establecido • Ordenamiento territorial Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimen-Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimen-
R es u l t ados en la Constitución. • Conformación de comisiones permanentes, taria; taria; en su artículo 6 que señala
Resultados
El presente artículo, se lo interpreta como el meca- especiales y técnicas
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El análisis documental y las entrevistas a exper- nismo jurídico de evitar la concentración de grandes • Conformación de comisiones ocasionales El Artículo 6. Acceso a la tierra: El uso y acceso a la tie-
tos profesionales en el área de derecho registral, a los extensiones de territorio y la distribución equitativa • Creación, supresión y fusiones de parroquias rra deberá cumplir con la función social y ambiental.
usuarios de las notarías públicas, permite conseguir de las propiedades, esto justifica la legalización de la La función social de la tierra implica la generación de
los objetivos proyectados, las disposiciones legales ac- tierra para quienes lo trabajan. urbanas y rurales, cambiar sus nombres y determinar empleo, la redistribución equitativa de ingresos, la uti-
cede a profundizar el alcance del tracto sucesivo como sus linderos en el territorio cantonal. lización productiva y sustentable de la tierra. La fun-
principio registral, previo a la inscripción de adjudica- C ó dig o Ci v i l en su articulo 709 determina Reflejándose principalmente en sus literales e), ción ambiental de la tierra implica que ésta procure la
Código Civil
ciones otorgadas por los GADs Municipales y las Sub- Para la transferencia, por donación o contrato entre g), l), r) y v), no estableciendo directamente el pro- conservación de la biodiversidad y el mantenimiento
secretaría de Tierras.- Las entrevistas permitirán tener vivos, del dominio de una finca que no ha sido antes cedimiento mediante el cual se tiene que realizar el de las funciones ecológicas; que permita la conserva-
un criterio de las causas que ocasionan la inscripción inscrita, exigirá el registrador constancia de haberse posicionamiento de tierras, para lo cual establece que ción y manejo integral de cuencas hidrográficas, áreas
de adjudicaciones. dado aviso de dicha transferencia al público por un los Gobiernos Autónomos Descentralizados GADs se forestales, bosques, ecosistemas frágiles como hume-
dales, páramos y manglares, que respete los derechos
Análisis Documental,Análisis Documental, como análisis documental periódico del cantón, si lo hubiere, y por carteles que encuentran amparados en los literales a), i), x) y z) que de la naturaleza y del buen vivir; y que contribuya al
se presentan artículos de la Constitución, Código Or- se hayan fijado en tres de los parajes más frecuentados mencionan que son facultados para el establecimiento mantenimiento del entorno y del paisaje. La ley que
gánico Ordenamiento Territorial Autonomía y Des- del cantón. Se sujetarán a la misma regla la constitu- de normativas, expedición de ordenanzas cantonales regule el régimen de propiedad de la tierra permitirá el
centralización, Código Civil, Ley Orgánica de Tierras ción o transferencia, por acto entre vivos, de los otros y acuerdos y resoluciones en el uso del suelo en el te- acceso equitativo a ésta, privilegiando a los pequeños
rurales y Territorios Ancestrales, Ordenanzas Muni- derechos reales mencionados en los artículos prece- rritorio del cantón, de conformidad con las leyes sobre productores y a las mujeres productoras jefas de fami-
cipales. dentes y que se refieran a inmuebles no inscritos. la materia. lia; constituirá el fondo nacional de tierras; definirá el
En consecuencia la aplicación del Art. 709 del Códi-
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Constitución de la República del Ecuador, Artículo Constitución de la República del Ecuador, Artículo go Civil, que la inscripciones de títulos sobre inmue- Art. 419.- Bienes de dominio privado.- Constitu- latifundio, su extensión, el acaparamiento y concen-
82.
82. bles inexistentes o que se practiquen sobre inmuebles yen bienes de dominio privado los que no están des- tración de tierras, establecerá los procedimientos para
tinados a la prestación directa de un servicio público,
Art. 82.- El derecho a la seguridad jurídica se fun- de propiedad de otras personas, con la consiguiente sino a la producción de recursos o bienes para la finan- su eliminación y determinará los mecanismos para el
cumplimiento de su función social y ambiental. Así
damenta en el respeto a la Constitución y en la exis- inseguridad jurídica, pues se ha dado el caso que los ciación de los servicios de los gobiernos autónomos mismo, establecerá los mecanismos para fomentar la
tencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y linderos y extensión de un inmueble determinados en descentralizados. Estos bienes serán administrados en asociatividad e integración de las pequeñas propieda-
aplicadas por las autoridades competentes. el Registro, no son verídicos, e inclusive lo que es más condiciones económicas de mercado, conforme a los des. Además, limitará la expansión de áreas urbanas
En la constitución se reconoce la seguridad jurídica, grave, que consten inmuebles que solo existen en las principios de derecho privado. en tierras de uso o vocación agropecuaria o forestal,
por lo que de acuerdo al estudio realizado no se da actas de los libros registrales, mas no físicamente, con así como el avance de la frontera agrícola en ecosiste-
seguridad jurídica a las personas que concurren al todos los efectos que ello implica. Constituyen bienes del dominio privado: mas frágiles o en zonas de patrimonio natural, cultural
Registro de la Propiedad, a inscribir actos de transfe- Otro resultado de la aplicación del Art. 709 del c) Los bienes mostrencos situados dentro de las y arqueológico, de conformidad con lo que establece el
rencia de dominio, ya que todo acto que modifique el C.C., sería la distorsión total del sistema registral, por respectivas circunscripciones territoriales; Art. 409 de la Constitución de la República.
dominio debe ser hecho por la persona que tenga re- cuanto no se lograrían los efectos de seguridad jurídi- Se entiende bienes de dominio privado a aque-
gistrado a su nombre el bien, lo que jurídicamente es ca que se persiguen en la Ley de Registro y en el Có- llos que por razón de su existencia carecen de dueño El uso y acceso a la tierra deberá cumplir con la
inadmisible, que se proceda a inscribir actos que son digo Civil, pues con toda claridad el Art. 1 de la Ley y no están prestando su servicio público y por bienes función social y ambiental. La función social de la
relativamente administrativos, por cuanto no sabemos de Registro determina: “La inscripción de los instru- mostrencos, los que están dentro de la jurisdicción de tierra implica la generación de empleo, la redistribu-
el historial de dominio del bien que se va inscribir, se mentos públicos, títulos y demás documentos que la cada cantón, ubicados dentro del perímetro urbano, y ción equitativa de ingresos, la utilización productiva
desconoce si la persona es la propietario ya que en el Ley exige o permite que se inscriban en los registros carecen de dueños. y sustentable de la tierra. La función ambiental de la
Registro de la Propiedad, se lleva el sistema de folio correspondientes, tiene principalmente los siguientes A r t. 481. tierra implica que ésta procure la conservación de la
Art. 481.- Compraventa de fajas o lotes.- Para
personal, sistema que determina que los predios se objetos: ... c) Garantizar la autenticidad y seguridad de efectos de su enajenación, los terrenos de propiedad biodiversidad y el mantenimiento de las funciones
ubican por el nombre de su titular de dominio. ecológicas; que permita la conservación y manejo in-
los títulos, instrumentos públicos y documentos que de los gobiernos municipales o metropolitanos se con- tegral de cuencas hidrográficas, áreas forestales, bos-
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