Page 54 - ¿Quién fue mi abuela Emilia?
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Emilia empezó a publicar artículos en el periódico interno de Pensiones, llamado

               Unidad. Periódico Mensual de Orientación Sindical y Política de los
               Trabajadores de Pensiones. Ella se encargaba de la administración del periódico,
               así como de una columna titulada “La mujer moderna”. Uno de los muchos
               artículos que ahí publicó trataba sobre la conquista de los derechos de la mujer:






               A partir de la Revolución francesa es cuando la mujer empezó a encontrar su
               sitio en la vida. Después de los grandes lapsos históricos en que fue considerada
               como un simple objeto o cosa, como simple mercancía y aun como un animal,
               empezó a destacar en la vida colectiva no solo como entidad viviente, sino como
               pensamiento que fluye y se manifiesta en todas formas. Fue necesaria una serie
               de conmociones sociales y políticas como la Revolución francesa, la mexicana y
               la soviética para que se comprendiera que la ley debe reconocer a la mujer
               derechos iguales a los de los hombres. Para llegar a esa emancipación que la
               pone en igualdad de condiciones con ellos, fue preciso que ella no permaneciera
               excluida del trabajo social productivo y reducida a las labores exclusivamente
               domésticas a las cuales no se les da ningún valor. Esta emancipación fue posible
               cuando la mujer pudo tomar parte en la producción industrial, en donde no solo
               la admiten sino que la necesitan, siendo aquí donde se realiza la transformación
               del trabajo doméstico en fuerza impulsora de la producción industrial. Al salir la
               mujer a trabajar y percibir un sueldo o salario, realizó la igualdad de sus
               derechos con el hombre, y se llegó a la conclusión de que una de las causas de la

               desigualdad fue la opresión económica que venía sufriendo.





               Ya en las condiciones apuntadas, ¿por qué no ha de intervenir la mujer en la
               solución de los problemas del Estado? Si nadie como ella lleva el peso de las

               desgracias públicas.





               (…) Entre los artículos principales de la Convención sobre los Derechos
               Políticos de la Mujer, redactados en las Naciones Unidas, se estipula que las
               mujeres deben gozar del derecho a ejercer el voto público en igualdad de

               condiciones que el hombre, que pueden y deben ser elegidas por cualquier cargo
               público sin discriminación alguna (Unidad, nos. 7 y 8, junio y julio de 1958).
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