Page 272 - DERECHO INDÍGENA Y DERECHOS HUMANOS EN AMÉRICA LATINA (1988)
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-  En el Estado de Oaxaca, cerca de 40 000 indígenas chinantecos
                           tuvieron que ser desalojados de su  territorio tradicional por la
                           construcción de una presa (como lo fueron 20 años antes los indígenas
                           mazatecos del mismo estado). El grupo fue reubicado a 500 kilómetros
                           de distancia y ha sido destruido como grupo étnico. El gobierno federal
                           procedió de esta manera a pesar  de recomendaciones en contra por
                           parte de científicos sociales y técnicos conocedores del grupo. La
                           situación de los chinantecos ha sido denunciada como un "etnocidio" y
                           en 1974 fue presentado el caso ante la Sociedad Americana de Derecho
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                           Internacional .

                           4. Legislación civil

                           La legislación civil en México es prácticamente idéntica para todos los
                    habitantes de la República. Sin embargo, numerosos grupos indígenas siguen
                    normando sus relaciones sociales dentro de la comunidad de acuerdo con
                    reglas y normas de comportamiento tradicionales, es decir, el llamado derecho
                    consuetudinario o la costumbre jurídica no escrita. Esta contradicción se
                    advierte con mayor frecuencia en las relaciones matrimoniales. En México, el
                    único matrimonio legal es el civil, pero en muchas comunidades indígenas se
                    realizan matrimonios de acuerdo con la  costumbre, que no son civiles ni
                    religiosos. Por otra parte, entre algunos grupos indígenas prevalece la
                    poligamia que no es, desde luego, reconocida por las leyes del país. Esta
                    situación no deja de producir conflictos y tensiones que se manifiestan sobre
                    todo en la forma de heredar bienes y propiedades cuando por algún motivo u
                    otro la autoridad civil tiene que intervenir para dirimir diferencias o conflictos.
                    Las autoridades judiciales que se ocupan de administrar el derecho civil no
                    reconocen la costumbre jurídica tradicional, ni siquiera en aquellos estados en
                    los que la población indígena es mayoritaria. No es de extrañar, entonces, que
                    los grupos indígenas consideren la legislación civil del país como un elemento
                    extraño, incluso agresor de su identidad, y la ignoren en la reglamentación de
                    su vida cotidiana.

                           5. Legislación Penal

                           Al igual que la legislación civil, la legislación penal se aplica
                    indistintamente a todos los individuos sin importar raza, lengua o cultura. Sin
                    embargo, también aquí existen diferencias entre el derecho positivo o vigente y
                    el derecho consuetudinario, la costumbre jurídica o la norma tradicional de las

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                     Alicia Barabas y Miguel Bartolomé. Hydraulic Development and Ethnocide: The Mazatec and
                    Chinantec People of Oaxaca. México. Copenhague, IWGIA, Documento núm. 15, 1974.






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