Page 297 - DERECHO INDÍGENA Y DERECHOS HUMANOS EN AMÉRICA LATINA (1988)
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La agenda mínima de los derechos étnicos comprende por lo menos tres
                  áreas principales: 1) Territorio, tierras y recursos; 2) organización económica,
                  estructura política, autonomía; 3) cultura, educación, lengua y comunicación.

                         En cada una de las tres áreas principales de reorganización y legislación no
                  caben fórmulas únicas y definitivas sino búsqueda colectiva de participación,
                  planeación y gestión democrática, en las  que el ámbito del trabajo asociado y
                  autogestionado se constituye en la arena  primera de expresión política. La
                  cuestión de la democracia, entonces,  no es ya un aspecto de momentánea y
                  cíclica sociología electoral sino el desafío permanente de transferir directamente a
                  la esfera política local, regional y nacional la capacidad y la posición del individuo y
                  del grupo en el trabajo asociado. De esta manera la cuestión territorial, por
                  ejemplo, no se reduce a una simple delimitación formal y legalista del espacio
                  histórico de ocupación principal de una etnia, o en el otro extremo, a una suma
                  desagregada de garantías comunales e individuales de propiedad de parcelas
                  productivas. En el territorio étnico se configuran objetiva y simbólicamente los dos
                  aspectos: es la manifestación concreta e históricamente conformada de la
                  identidad y lealtad étnica primaria (es la geografía de la etnicidad), pero es
                  también el escenario objetivo del trabajo asociado y, por lo tanto, de la actividad
                  política. Siendo además, para  la mayoría indígena campesina y amazónica, el
                  medio productivo y el ámbito de la reproducción social, tierras y recursos
                  constituyen el contexto inmediato de la identidad y de la reproducción cultural
                  específica.

                         El territorio étnico, el medio espacial conformado y elaborado histórica y
                  culturalmente, se vuelve así un objeto global de legislación en el que los aspectos
                  puramente productivos deben formar parte de un conjunto  integral que abarca
                  todas las otras dimensiones de orden  histórico-cultural; de tal manera que
                  regionalización y autonomía étnica, como  niveles de la economía política, se
                  asientan sobre una base especial de coherencia, organicidad y continuidad
                  civilizadora. En el caso de las regiones indígenas del Perú esto no implica un
                  olvido de la historia colonial y neocolonial y de los efectos que produjo en el
                  control del medio y en la conciencia social del grupo, sino su incorporación como
                  parte sustancial del debate sobre el reordenamiento del espacio nacional y de su
                  organización administrativa.

                         Las otras dos áreas de  la agenda de los derechos étnicos pertenecen
                  respectivamente al nivel estructural o de la base económica (economía, estructura
                  política, autonomía) y al nivel superestructural (educación, cultura, lengua,
                  comunicación), aunque una división tajante  entre estos dos niveles no es
                  recomendable ni realizable. La autonomía de las comunidades étnicas en el
                  manejo de la justicia pertenece al área de la estructura política pero al mismo
                  tiempo es una concreción de la independencia cultural y lingüística.

                         En este último aspecto concreto en el Perú ha habido avances notables en
                  los años recientes. Desde 1974 la Ley de Comunidades Nativas (decreto-ley núm.
                  20653) estableció el principio de que las comunidades étnicas de la selva tienen la




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