Page 296 - DERECHO INDÍGENA Y DERECHOS HUMANOS EN AMÉRICA LATINA (1988)
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circulación de información y los gravísimos casos de torturas, ejecuciones
                  sumarias y desapariciones.

                         El Perú afronta una de las más graves y serias crisis, cuyas consecuencias serían
                         imprevisibles si no estuviéramos en capacidad de analizarla, meditarla y buscar
                         soluciones.  S están conmoviendo  profundamente las bases mismas de todos
                         nuestros sistemas en todos sus aspectos; económico, político, social, jurídico.
                         Esta situación exige tomar la iniciativa, encontrando la respuesta apropiada a cada
                         reto que se plantea y  debe ser pronta, inmediata, antes  de que sea demasiado
                         tarde. Los pueblos del Perú están ansiosos de vivir en paz, en armonía, sin temor,
                         y así como estamos no se logrará la paz ni se ejercitará la libertad, si no se
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                         alcanza la Justicia .

                         Éste es el marco político concreto en el cual se ubica la discusión actual de
                  los derechos humanos y de los derechos étnicos de los pueblos indígenas del
                  Perú. Una "coyuntura" de los últimos cuatro años de un régimen que goza de las
                  características formales de la "democracia", que expresa con su discurso propio y
                  su modo peculiar de gobierno las seculares contradicciones fundamentales de un
                  país irresuelto y desgarrado, de una nación de naciones, etnias y clases
                  oprimidas: en franca rebeldía y revolución algunas, en clandestinaje cultural y
                  político otras o en la disensión y en la organización de su defensa y resistencia.

                         Agenda mínima

                         En este contexto la necesaria presentación de los elementos para el
                  establecimiento de una agenda mínima de derechos para las etnias del país corre
                  el riesgo de ser un ejercicio de especulación o de la fantasía.

                         Todo indica que la viabilidad de un ordenamiento del Estado nacional según
                  una modalidad multiétnica debe transitar necesariamente por un consenso (una
                  contra-hegemonía) popular que recoja las aspiraciones y peculiaridades de todos
                  los pueblos del país, expresado en una legislación sobre la diversidad. La contra-
                  hegemonía debe constituir la convergencia de la mayoría popular en un proyecto
                  de nación en el que la desigualdad es derrotada a través de la afirmación de la
                  diversidad, de la redistribución igualitaria de los recursos y del poder, del
                  establecimiento de un programa de reconstrucción nacional y cultural que opte por
                  la independencia y la creatividad autónoma. En un proyecto de esta naturaleza, de
                  desarrollo autosuficiente y autocentrado, el establecimiento de un sistema
                  coherente de derechos étnicos se transforma no solamente en una cuestión de
                  racionalidad social y cultural, sino  en una necesidad de “estilo y opción
                  tecnológica” independiente, pues las etnias nacionales (y el “pueblo profundo” en
                  general, según la expresión de A. Abdel-Malek) se torna en el reservorio natural y
                  complementario de iniciativas culturales, tecnológicas, organizativas y productivas.




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                    Dr. José María Gálvez Vega, presidente de la Corte Suprema de Justicia, agosto de 1983. citado
                  en García Sayán. s.f., p. 59



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