Page 293 - DERECHO INDÍGENA Y DERECHOS HUMANOS EN AMÉRICA LATINA (1988)
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millones de personas y que finalmente entrarán en razón y se asimilarán a la
corriente cultural y lingüística de la sociedad mestiza hispanohablante.
3. Los derechos étnicos en la perspectiva actual
A la luz de la historia de los cuatro siglos y medio de formación de la
sociedad peruana poscolombina y del siglo y medio de vida republicana, el
problema de las etnias indígenas, y de su relación con el resto de la sociedad, se
nos revela como una de las manifestaciones centrales de la cuestión nacional y de
la estructura político-administrativa del país. Conformación nacional (nación) y
aparato administrativo de la misma (Estado) permanecen como desafío irresuelto
para un proyecto social global del Perú que aspire a dar espacio, voz y
representatividad a todos los pueblos incluidos dentro de sus fronteras. En este
reto el ordenamiento de los derechos colectivos e individuales que deberían regir
las relaciones entre las varias unidades sociales y culturales étnicamente
diferentes y entre éstas y las estructuras administrativas y de gobierno (Estado y
gobiernos central, regionales y locales), constituye un punto fundamental por
resolver y, al mismo tiempo, el campo superestructural que indica con claridad el
carácter aún predominantemente neocolonial de la formación social del país y
consecuentemente la inmensa tarea que implica una reorganización nacional
sobre las bases de una democracia multiétnica.
El intento truncado de modernización nacionalista del velasquismo
probablemente hubiera conducido al rediseño progresivo de la sociedad y del
Estado en términos de una variedad de capitalismo burocrático en el que a un
mayor grado de intervención y planificación del Estado, a la consolidación de una
burguesía burocrática y a su papel antiimperialista, le hubiera correspondido
también un interés por redefinir el Estado-nación en términos de sus componentes
étnicos y por aseverar la progresiva disminución de la importancia de las clases
afirmando, en su lugar, la existencia de "campesinos" (todos los que están
vinculados a la agricultura) y "trabajadores" (todos los asalariados, desde un
gerente de empresa a un pequeño empleado). Como se ha visto, el proceso
revolucionario de los militares apuntaba ya en esta dirección y planteaba las
primeras medidas legislativas que darían a la multietnicidad constitutiva del país
una expresión legal más precisa.
Este tipo de planteamiento, sin embargo, se centra sobre una paradoja. No
se cuestiona ni asume la multietnicidad como expresión de la existencia, en el
país, de diferentes niveles y modos productivos ("tribales", domésticos o
precampesinos, remanentes de formas serviles, semifeudales o de capitalismo
pequeño mercantil y de capitalismo desarrollado) que coexisten de manera
potencialmente antagónica y sin embargo aglutinados bajo el modo dominante del
capitalismo periférico. Se tiende, en cambio, a confundir la desigualdad (fenómeno
socioeconómico) con la diversidad (fenómeno cultural). Lo primero, se sabe, se
asienta en el orden de lo económico y social, y expresa la necesidad objetiva del
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Mayer, Masferrer (1979).
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