Page 196 - MANUAL DE CODIFICACIÓN
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Solo se utiliza un código de esta clasificación. El dolor en reposo es un síntoma premonitorio de
                  aparición de úlceras por lo cual en la aterosclerosis con ulceración están incluidos los grados I, II
                  y III.


                    Ateroesclerosis en pierna derecha con ulceración de tobillo

                           I70.233   Aterosclerosis de arterias nativas de pierna derecha con ulceración de tobillo
                           L97.319   Úlcera crónica no debida a presión de tobillo derecho, de gravedad no especificada


                  Cuando  se  mencione  una  úlcera  arterial,  isquémica  o  vasculopatía  periférica  sin  más
                  especificación, se deberán asignar los siguientes códigos:

                      ‒  L97.- Úlcera crónica no debida a presión de extremidad inferior, no clasificada bajo
                         otro concepto
                      ‒  I73.9 Enfermedad vascular periférica, no especificada
                  En ocasiones la documentación puede incluir expresiones diagnósticas poco específicas como
                  enfermedad arterial periférica, arteriopatía, etc. En ausencia de más información se asignaran
                  los siguientes códigos:

                      ‒  I73.9  Enfermedad  vascular  periférica,  no  especificada;  suele  usarse  indistintamente
                         como  enfermedad  vascular  periférica  (vasculopatía  periférica)  cuando  afecta  a  las
                         arterias que irrigan las piernas)
                      ‒  I77.9 Trastorno de arterias y arteriolas, no especificado (para arteriopatía)

                      ‒  I99.9  Trastorno  de  aparato  circulatorio  no  especificado  (para  identificar  la  causa
                         cuando aparezca la expresión “Úlceras vasculares” sin más información)

                  12.4.2.c Úlceras mixtas

                  Combinan  características  de  las  úlceras  venosas  y  arteriales,  teniendo  que  codificarse  ambas
                  circunstancias.

                  12.4.3 ÚLCERAS DIABÉTICAS

                  No todas las úlceras en un paciente con diabetes son una complicación de la diabetes, debiendo
                  especificar el médico la relación entre la úlcera y la diabetes.

                  Se codifican con el siguiente orden:

                      ‒  Código de diabetes del tipo especificado, con úlcera en pie o úlcera cutánea NCOC.

                      ‒  Código  de  la  úlcera  crónica  no  debida  a  presión  de  extremidad  inferior  o  de  otra
                         localización.

                    Úlcera en tobillo derecho debida a diabetes tipo II

                           E11.622  Diabetes mellitus tipo 2 con úlcera cutánea de otras localizaciones
                           L97.319   Úlcera crónica no debida a presión de tobillo derecho, de gravedad no especificada






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