Page 22 - INFORME FINAL
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Lamentablemente,  no  todos  los  artículos  que  conforman  esta  ley  se  han  cumplido  a

                  cabalidad ya que en el  Artículo 67 Investigación Pedagógica y Capacitación establece: “El
                  Ministerio  de Educación tendrá a su  cargo la ejecución  de las políticas  de investigación

                  pedagógica,  desarrollo  curricular  y  capacitación  de  su  personal,  en  coordinación  con  el
                  consejo Nacional de Educación.” (Congreso de la República de Guatemala , 1991)


                     Sin  embargo,  los  maestros  no  han  recibido  capacitación  sobre  como  implementar  el
                  Currículo Nacional Base en el proceso educativo, el cual contiene el área de Comunicación

                  y  Lenguaje L2 correspondiente al idioma Mam en el municipio de San Rafael Pie de la

                  Cuesta, del departamento de San Marcos, que debe impartir un maestro monolingüe porque
                  no se cuenta con maestros bilingües que realmente dominen el idioma y puedan lograr que

                  los  estudiantes  lo  adquieran  como  propio,  tal  y  como  lo  establece  esta  herramienta
                  pedagógica, para responder a las necesidades de los diferentes pueblos de nuestro país como

                  lo exige el  Acuerdo Gubernativo No. 22-2004 y su Artículo 5. El currículo del Sistema

                  Nacional  de  Educación  debe  responder  a  las  características,  necesidades,  intereses  y
                  aspiraciones  del  país,  así  como  responder  a  las  realidades  lingüísticas,  culturales,

                  económicas,  geográficas,  y  naturaleza  de  los  pueblos  y  comunidades  lingüísticas  que  lo
                  conforman. Además, debe fomentar el conocimiento mutuo entre las personas y los pueblos

                  para fortalecer la unidad nacional. (Congreso de la República de Guatemala , 2004)


                     El Currículo Nacional Base contempla lo establecido en las leyes acerca de la importancia
                  de valorar nuestra riqueza cultural. Lo cual se puede corroborar analizando primeramente su

                  primer fundamento: “antropológico, el ser humano es creador (a) y heredero (a) de su cultura,
                  lo cual le permite construir su identidad a través de la comunicación y del lenguaje en sus

                  diversas expresiones.” (MINEDUC , 2007)

                     Lo cual debería dar pautas a todos los docentes para que su labor educativa sea eficiente

                  y  que  la  misma  logre  una  verdadera  formación  integral  en  los  y  las  estudiantes  de  los

                  diferentes niveles educativos, obedeciendo al Currículo Nacional Base que menciona en su
                  principio de equidad: “Garantizar el respeto a las diferencias individuales, sociales, culturales

                  y étnicas, y promover la igualdad de oportunidades para todos y todas.”  (MINEDUC , 2007)

                         El Currículo Nacional Base respalda también la educación bilingüe en sus políticas,

                  fines, competencias marco, y ejes curriculares.

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