Page 54 - 21 UNID COMPENDIO-CUARTA- Circulares interpretativas. Couche brillante 130 gr
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APL 1.4       NÚMERO 105
           APL 1.4 APC   Sobre  la  forma  de  constatar  la  característica  APL  1.4  AC,  AA,  APC  y  GP  1.4  LC  relativa  a  la
           GP 1.4 LC     participación del Laboratorio en un Programa de Control de Calidad Externo.
                         La  Entidad  constatará  el Primer  Elemento  Medible exigiendo  al  prestador  evaluado  que  haya
                         participado en al menos en un Subprograma de cada Área Técnico-administrativa de la cual realiza
                         prestaciones. Para tales efectos, es el prestador quien decidirá que Subprograma por Área exhibirá
                         a la Entidad.
                         En cuanto a la constatación del 2° Elemento Medible relativo al análisis y las acciones de mejora
                         en caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en el Programa de Control de Calidad
                         Externo en el período evaluado, la Entidad solicitará todos los resultados de los controles con
                         incumplimiento del Programa de Control de Calidad presentado por el prestador, para evaluar si
                         se realizó el análisis y acciones de mejora mencionadas.

           APL 1.4       NÚMERO 106
           APL 1.4 APC   Sobre si es aplicable el Segundo Elemento Medible de las características APL 1.4 y GP 1.4 LC, a
           GP 1.4 LC     los Controles de Calidad Externa calificados como “cuestionables”, cuando los prestadores se
                         encuentran adscritos al PEEC del ISP.
                         No,  a  los  prestadores  adscritos  al  PEEC  del  ISP,  el  segundo  elemento  medible  de  estas
                         características únicamente les es aplicable en los casos calificados como “Insatisfactorios”.

           APL 1.4       NÚMERO 107
           APL 1.4 APC   Sobre qué debe entenderse por “registros de participación en Programa de Evaluación Externa
           GP 1.4 LC     de la Calidad”, para efectos de la constatación del primer elemento medible de la característica
                         APL 1.4 y GP 1.4.
                         Son aquellos documentos (en soporte papel o digital) que evidencian la participación del prestador
                         evaluado  en  tales  programas  durante  el  período  de  retrospectividad  evaluado,  tales  como
                         informes de resultados, registros de envío, certificados de participación,  u otros.

           APL 1.4       NÚMERO 108
           APL 1.4 APC   Sobre la aplicabilidad del segundo elemento medible de esta característica, en el caso que el
           GP 1.4 LC     prestador  en  evaluación  no  posea  resultados  insatisfactorios  en  el  Programa  de  Evaluación
                         Externa de la Calidad (PEEC). NUEVA

                         No es constatable el segundo elemento medible en este caso, si la Entidad Acreditadora constata
                         que no existen resultados insatisfactorios.


                                               COMPONENTE FARMACIA (APF)

           APF 1.2 AC    NÚMERO 109
                         Sobre el carácter local o central del Comité de Farmacia, u otra estructura técnica semejante que
                         cumpla dichas funciones, y la constatación de la exigencia contenida en el primer elemento
                         medible de esta característica en prestadores de atención cerrada de baja complejidad. NUEVA

                         Atendiendo las diversas realidades a nivel nacional de los prestadores institucionales de atención
                         cerrada de baja complejidad y la Norma General Técnica Nº 113 (MINSAL), Sobre Organización y
                         Funcionamiento de  los Comités de Farmacia y Terapéutica para la Red Asistencial de Salud Pública,



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