Page 58 - 21 UNID COMPENDIO-CUARTA- Circulares interpretativas. Couche brillante 130 gr
P. 58
APT 1.2 NÚMERO 123
APT 1.2 APC Sobre la interpretación de la frase “límites de responsabilidad establecidos” en el primer
elemento medible.
Tal como en todas las normas del sistema, la intención de esta característica es velar por la
seguridad de los pacientes. En este caso se trata de evitar que se produzcan vacíos en el proceso
de entrega de los pacientes desde un prestador a otro, como por ejemplo, que los pacientes
queden en salas de espera, o que las ambulancias deban esperar durante largo tiempo la decisión
de hospitalización de un paciente. Dado que la característica exige la existencia de un documento
de carácter institucional que fije, entre otras materias, los límites de responsabilidad en la entrega
de los pacientes, la intención de esta exigencia es que las decisiones técnico sanitarias relativas a
dicha entrega protocolizadas y no sean llevadas a cabo de manera circunstancial o arbitraria por
los tripulantes de los vehículos de emergencia.
APT 1.2 NÚMERO 124
APT 1.2 APC Sobre si se aplica esta característica a un prestador cuando el servicio de transporte se encuentra
externalizado.
En esa circunstancia, no resulta aplicable esta característica a ese prestador.
COMPONENTE DIÁLISIS (APD)
APD 1.2. AC NÚMERO 125
Sobre si a un prestador institucional de atención cerrada que externaliza los servicios de diálisis
de pacientes crónicos, le es aplicable la característica obligatoria APD 1.2.
Cuando un prestador externaliza tales servicios derivando a los pacientes a un Centro de Diálisis
fuera de las dependencias del prestador institucional que desea acreditarse, esta característica no
resulta aplicable.
APD 1.4 NÚMERO 126
Sobre cuál es la “regulación vigente” a que hace referencia el segundo elemento medible de esta
característica.
La regulación vigente a que se refiere dicho elemento medible es la que se contiene al respecto
en el Reglamento sobre Centros de Diálisis, aprobado por el D.S. N°2.357, de 1994, del MINSAL.
COMPONENTE ANATOMÍA PATOLÓGICA (APA)
APA 1.2 NÚMERO 127
GP 1.4 SI Sobre la aplicabilidad de la característica APA 1.2, en el caso de prestadores que no poseen
Servicio de Anatomía Patológica y donde las biopsias obrenidas en el establecimiento se envían
a distintos prestadores de servicios de Anatomía Patológica para su análisis.
El Sistema de Acreditación persigue que el prestador institucional proporcione seguridad a los
pacientes respecto de todas las prestaciones que se otorgan en él, lo que incluye la seguridad de
las biopsias obtenidas por el prestador, aun cuando el análisis de las mismas sea realizado por
terceros. Por lo mismo, el prestador institucional que desee acreditarse, aun cuando el análisis de
58