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0. Miscelánea




                                   0. MISCELANEA




            0.1     DEFINICIONES

    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
            Trasponemos las definiciones que vienen reguladas en el Reglamento
            (CE) 216/2008,  Reglamento Air Operations (Rto. (UE) 965/2012), Re-
            glamento (UE) 800/2013, Reglamento (UE) 376/2014,  Reglamento (UE)
            379/2014,  Reglamento  (UE) 1178/2011, el Reglamento  de Ejecución
            (UE) nº 923/2012, de la Comisión, de 26 de septiembre de 2012, el Real
            Decreto 552/2014, de 27 de junio y el Reglamento de la Circulación Aé-
            rea:


               (1) Abortar:  Interrumpir una maniobra  de aeronave  previamente
                    planeada (abortar despegue, etc)
               (2) Accidente: todo suceso que, en relación con la utilización de
                    una aeronave tenga lugar, en el caso de aeronaves tripuladas,
                    en el período comprendido entre el momento en que cualquier
                    persona embarque en la aeronave con intención de realizar un
                    vuelo y el momento en que cualquiera de esas personas des-
                    embarque, o que tenga lugar, en el caso de aeronaves no tripu-
                    ladas, en el período comprendido entre el momento en que la
                    aeronave esté lista para ponerse en movimiento con intención
                    de realizar un vuelo y el momento en que se detenga al final del
                    vuelo y se apaguen los motores utilizados como fuente primaria
                    de propulsión, y durante el cual:
                  (i) Una persona sufra lesiones mortales o graves como conse-
                      cuencia de:
                      (A)  Hallarse en la aeronave, o
                      (B)  Entrar en contacto directo con alguna parte de la aero-
                           nave, entre las que se incluyen las partes que se hayan
                           desprendido de la aeronave, o
                     (C)   a exposición directa al chorro de un reactor,
                     Excepto en caso de que las lesiones obedezcan a causas na-
                     turales, hayan sido autoinfligidas o causadas por otras perso-
                     nas, o se trate de lesiones sufridas por polizones escondidos
                                                                       Pág. 0.1
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