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Manual de Consulta del Comandante de Aeronave
                   fuera de las áreas destinadas normalmente a los pasajeros y
                   la tripulación, o
               (ii)  La aeronave sufra daños o fallos estructurales que alteren de
                   manera adversa sus características de resistencia estructural,
                   su rendimiento o sus características de vuelo, y que exigirían
                   normalmente  una reparación  importante o el recambio del
                   componente dañado, excepto si se trata de un fallo o avería
                   del motor, cuando el daño se limite a un solo motor (incluidos
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
                   su capó o accesorios), a las hélices, extremos de alas, ante-
                   nas, sondas, aletas, neumáticos, frenos, ruedas, carenas, pa-
                   neles, puertas del tren de aterrizaje, parabrisas, revestimiento
                   de la aeronave (como pequeñas abolladuras o perforaciones
                   en el revestimiento), o a daños menores a las palas del rotor
                   principal, las palas del rotor trasero, el tren de aterrizaje, así
                   como los daños resultantes de granizo o impactos de aves
                   (incluidas perforaciones del radomo), o
               (iii)  El avión desaparezca o sea totalmente inaccesible;
            (3)  Accidente imputable a mercancías peligrosas: el suceso atri-
                 buible al transporte aéreo de mercancías peligrosas o relacio-
                 nado con él, que produce lesiones mortales o graves a perso-
                 nas o daños importantes a bienes;
            (4)  Acto de interferencia ilícita: Actos, o tentativas, destinados a
                 comprometer la seguridad  de la aviación  civil incluyendo,  sin
                 que esta lista sea exhaustiva, lo siguiente:
                 •  Apoderamiento ilícito de aeronaves;
                 •  Destrucción de una aeronave en servicio;
                 •  Toma de rehenes a bordo de aeronaves o en los aeródromos;
                 •  Intrusión por la fuerza a bordo de una aeronave, en un
                   aeropuerto o en el recinto de una instalación aeronáutica;
                 •  Introducción a bordo de una aeronave o en un aeropuerto de
                   armas o de artefactos (o sustancias) peligrosos destinados a
                   fines criminales;
                 •  Uso de una aeronave en servicio con el propósito de causar
                   la muerte, lesiones corporales graves o daños graves a los
                   bienes o al medio ambiente;
                 •  Comunicación  de información falsa que comprometa  la
                   seguridad de una aeronave en vuelo, o en tierra, o la seguridad
                   de los pasajeros, tripulación, personal de tierra y público en un
                   aeropuerto o en el recinto de una instalación de aviación civil.
            (5)  Aclimatado: Estado en el que el ritmo circadiano del miembro

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