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11. Autoridades de Aviación Civil
               (2) La coordinación, explotación, conservación administración y ges-
                  tión de las zonas civiles de las bases aéreas abiertas al tráfico civil
                  y de los aeropuertos de utilización conjunta.
               (3) El diseño y elaboración de los proyectos, ejecución, dirección y con-
                  trol de las inversiones en las infraestructuras e instalaciones aero-
                  portuarias y en bienes destinados a la prestación de los servicios de
                  tránsito aéreo de aeródromo adscritos a las mismas.
               (4) La evaluación de las necesidades y, en su caso, la propuesta de
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
                  planificación de nuevas infraestructuras aeroportuarias y de las ser-
                  vidumbres aeronáuticas y acústicas vinculadas a los aeropuertos y
                  servicios cuya gestión se atribuya a la Sociedad.
               (5) El desarrollo de los servicios de orden y seguridad en las instala-
                  ciones aeroportuarias que gestione, sin perjuicio de las atribuciones
                  asignadas en esta materia al Ministerio de Interior.
               (6) La  formación  en  materias  relacionadas  con  el  transporte  aéreo,
                  incluida  la  formación  de  profesionales  aeronáuticos  sujetos  a  la
                  obtención de licencias, títulos, autorizaciones o habilitaciones y la
                  promoción, divulgación o fomento de la actividad aeronáutica o ae-
                  roportuaria.
               (7) La participación, gestión y dirección, directa o indirectamente, en
                  aeropuertos extranjeros.

                 (Ver capítulo 9.13 de este Manual)
            11.2.10 ENAIRE

            La  entidad  pública  empresarial  ENAIRE,  adscrita  al  Ministerio  de  Fo-
            mento, es el gestor del control del tránsito aéreo, de la información ae-
            ronáutica y de las redes de comunicación, navegación y vigilancia nece-
            sarias para que las compañías aéreas y sus aeronaves vuelen de forma
            segura, fluida y ordenada por el espacio aéreo español.
            Conforme a la Ley 09/2010, ENAIRE es la empresa designada por el
            Estado para el suministro de los servicios de tránsito aéreo en las fases
            de ruta y aproximación.

            Los servicios de navegación aérea los proporciona con los siguientes
            equipos e instalaciones:
            Las funciones de ENAIRE en navegación aérea son:
               (1) La planificación, dirección, coordinación, explotación, conservación
                  y  administración  del  tráfico  aéreo,  de  los  servicios  de


                                                                     Pág. 11.19
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