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11. Autoridades de Aviación Civil
                               país y explotadas por un operador de la UE o de un
                               tercer país, y
                                ◦ Permiso de terceros países que debe sobrevolar,
                               en su caso.
                 (viii)  Inspección de la Comisión (UE):
                   El Reglamento (UE) nº 72/2010 de la Comisión, de 26 de enero
                   de 2010 fija los procedimientos de las inspecciones que realice la
                   Comisión en el ámbito de la seguridad de la aviación. Las inspec-
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
                   ciones de la Comisión abarcarán a las autoridades competentes
                   de los Estados miembros y a aeropuertos, operadores y entida-
                   des seleccionados que apliquen las normas de seguridad de la
                   aviación. No afecta directamente a las tripulaciones.
            11.2.5  Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de
            Aviación Civil (CIAIAC).

               Órgano colegiado adscrito a la Sub-
               secretaría del Ministerio de Fomen-
               to con competencia para la investi-
               gación técnica de los accidentes e
               incidentes graves de aviación civil.
               Goza de plena independencia fun-
               cional respecto de las autoridades aeronáuticas o de cualquiera otra
               cuyos intereses pudieran estar en conflicto con su misión. Está ubicada
               en la calle Fruela, 6.- 1ª planta, 28011 Madrid (tfno: 91 596 4936)
               Está regulada por el Reglamento (UE) 996/2010, de 20 de octubre y por
               el Título II, Capítulo  II de la Ley de Seguridad Aérea.
            11.2.6  Comisión de Estudio y Análisis de Notificaciones de Inci-
            dentes de Tránsito Aéreo (CEANITA)

               La CEANITA, es un órgano interministerial de carác-
               ter colegiado con funciones de carácter consultivo,
               asesor y de colaboración. Esta Comisión está ads-
               crita a la Dirección de Evaluación de la Seguridad y
               Auditoría Técnica Interna de la Agencia Estatal de
               Seguridad Aérea y se rige actualmente por la “OR-
               DEN de 1 de junio de 2001,por la que se determinan las normas de fun-
               cionamiento de la Comisión de Estudio y Análisis de Notificaciones de
               Incidentes de Tránsito Aéreo”.
               Esta Comisión tiene una composición y un ámbito de actuación dife-
               renciados de los propios de la CIAIAC, con la cual coordina su actua-

                                                                     Pág. 11.15
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