Page 425 - Manual_de_Consulta_Neat
P. 425

Manual de Consulta del Comandante de Aeronave
            ción sin interferir el ejercicio de las que preceptivamente corresponden
            a aquélla.
            Los incidentes que antes se notificaban a la CEANITA, ahora hay que
            enviarlos al Sistema de Notificación de Sucesos (SNS) de la AESA.
          11.2.7  COMITÉ NACIONAL DE SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL

          Órgano colegiado interministerial competente en los asuntos derivados
          de la aplicación del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
          Civil.










            (1) FUNCIONES:
                (i)  Coordina actividades con los diferentes órganos del Estado…
               (ii)  Asesora al Secretario General de Transportes
               (iii)  Elabora propuestas de los Programas Nacionales de Seguri-
                   dad, Control de Calidad y Formación de la A.C.
               (iv)  Propone directrices de este Programa al Secretario General
                   de Transportes
               (v)  Elabora y revisa procedimientos relativos a la seguridad A.C.
               (vi)   Crea grupos relacionados con el Programa Nacional de Seguri-
                   dad.
               (vii)  Propone al Secretario General de Transportes medidas de coordi-
                   nación entre autoridades civiles, militares y cuerpos de Seguridad
                   del Estado.
               (viii)  Incorpora nuevas tecnologías.
               (ix)  Cualquier otra función que se le otorgue por Ley o Reglamento.

            (2) COMPOSICIÓN
            El Comité Nacional de Seguridad de la Aviación Civil está constituido
            por:
                (i)  Presidente: Es el propio Secretario General de Transportes.
               (ii)  Vicepresidente: Es el Director General de Aviación Civil.
               (iii)  El Secretario, sin voto, será designado por el Presidente en-
                   tre funcionarios con rango de Jefe de Servicio, equivalente o
                   superior, adscritos a la Dirección General de Aviación Civil.
          Pág. 11.16
   420   421   422   423   424   425   426   427   428   429   430