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11. Autoridades de Aviación Civil
                      tiempo suficiente para hacerlo relajadamente y sin precipitación.
                  (vi)  Se deben tomar líquidos frecuentemente, para contrarrestar
                      el bajo grado de humedad de las cabinas presurizadas.
               (3) El Manual Médico de IFALPA recomienda la siguiente GUÍA DIE-
                  TÉTICA:

               ALIMENTO       RECOMENDADO             NO RECOMENDADO
               Productos   Leche  desnatada,  queso  de  Leche  en  general,  crema,  mantequi-
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
                diarios   bola, clara de huevo   lla, otros quesos, yema de huevo
                Grasas    Sólo pequeñas cantidades de  Otras margarinas, manteca de cerdo,
                          margarina ligera o aceite ve-  sebo en rama, grasa animal y aceite
                          getal.                 de palma o cacao.
              Carnes y pes-  Magro de vaca, cordero, cerdo,  Carnes  grasas,  picadillo,  salchichas,
                 cados    pollo, pavo, ternera, pescados  cecina,  riñones,  hígado,  sesos,  molle-
                          vertebrados: todo cocinado sin  jas, la mayoría de las carnes enlatadas,
                          grasa.                 ganso, pato, caza mayor, mariscos.
                Sopas     Ligeras y caldos sin grasa  Grasientas y las que contienen aditivos gra-
                                                 sos, productos lácteos sólidos o marisco.
               Vegetales  Patatas cocidas o asadas, ver-  Cualquier vegetal cocido con grasa o
                          duras en general, ensaladas.  aceites
                Frutas    Frescas y cocidas, manzanas  Fruta  enlatada  o  en  almíbar  y  fruta
                          asadas o peras, sin azúcar  seca
            11.5  Normas de Aduana

            La Aduana es el servicio de la Administración que está
            encargado de la aplicación de la legislación y de la
            recaudación de los derechos e impuestos de importa-
            ción, exportación y tránsito de mercancías.
            Se entiende por “recinto aduanero”, dentro del aero-
            puerto aduanero, las pistas (en los terrestres) o la su-
            perficie marítima (en los marítimos), muelles y rampas
            así como los locales en los que funcionan reglamentariamente las Oficinas
            de Aduanas, integradas por los despachos de los funcionarios, las salas
            de reconocimiento de viajeros, equipajes y mercancías, y los almacenes
            destinados a depósito o custodia de las expediciones pendientes.
            11.5.1  Normas aduaneras relativas al vuelo.
               (1) Las aeronaves que salgan al extranjero y las que procedan de él (se
                  incluyen  Canarias y Melilla), deberán hacerlo por un aeropuerto
                  aduanero o auxiliar.
               (2) Si se efectúa un aterrizaje forzoso fuera de un aeropuerto habilita-

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