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Manual de Consulta del Comandante de Aeronave
húmedos para cubrir la nariz y la boca.
(2) Incidente por mercancías en la cubierta principal.
(i) Si son de fácil acceso, se atacará el incidente según se ha
explicado en el punto anterior.
(ii) Si son inaccesibles, habrá que evaluar si resulta práctico in-
tentar una intervención física directa. De todas formas habrá
que cumplir los procedimientos reglamentarios de emergen-
cia de la aeronave.
Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
Hay que tratar de identificar la mercancía de que se trate a través
del manifiesto de carga y de la información dada al Comandante.
Una vez conocida, se aplicará el procedimiento de respuesta de
emergencia del párrafo 12.13.5.
12.5.11 Acceso a las mercancías peligrosas
Las mercancías peligrosas que lleven la etiqueta “Exclusivamente en
aeronaves de carga” deben ser accesibles durante el vuelo, a excep-
ción de las siguientes:
(1) Los líquidos inflamables (Clase 3) del grupo de embalaje III, sin
riesgos secundarios.
(2) Las sustancias tóxicas e infecciosas (Clase 6).
(3) Los materiales radiactivos (Clase 7).
(4) Las mercancías peligrosas varias (Clase 9).
No es necesario que sean accesibles otras mercancías peligrosas esti-
badas en aeronaves de carga (que no lleven la etiqueta “Exclusivamente
en aeronaves de carga”).
12.6 Notificación de accidentes, incidentes y sucesos
12.6.1 Contenido de los informes:
Todo formulario dirigido a la Administración tendría que de contener
necesariamente:
(1) Encabezamiento (a quién va dirigido)
(2) Quién lo envía, y datos completos (filiación, DNI, dirección, etc)
(3) Explicación sucinta de los hechos
(4) Posibles testigos con sus datos, si fuera el caso.
(5) En qué normas se basa el escrito, si se conocen.
(6) Petitum (qué es lo que se solicita de la Administración)
(7) Fecha y firma
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