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0. Miscelánea
               (438) Pista mojada: una pista cuya superficie está cubierta por una
                    cantidad de agua, o su equivalente, menor de la que se espe-
                    cifica en la definición de pista contaminada, o cuando hay su-
                    ficiente humedad en la superficie de la pista para que parezca
                    reflectante, pero sin zonas significativas de agua estancada.
               (439) Pista seca: una pista que no está ni mojada ni contaminada,
                    que incluye las pistas pavimentadas que se han habilitado es-
                    pecialmente con ranuras o pavimento poroso y que por el tipo
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
                    de mantenimiento permiten una acción de frenado con la mis-
                    ma efectividad que si la pista estuviera seca, aun cuando haya
                    humedad;
               (440) Pistas separadas: pistas en el mismo aeródromo que cons-
                    tituyen  superficies  de  aterrizaje  independientes.  Estas  pistas
                    pueden solaparse o cruzarse de forma que, si una de ellas se
                    encuentra bloqueada, no imposibilite  realizar las operaciones
                    previstas en la otra pista. Cada pista dispondrá de un proce-
                    dimiento de aproximación independiente, basado en su propio
                    sistema de ayuda a la navegación;
               (441) Plan Europeo de Seguridad Aérea: la evaluación de las cues-
                    tiones de seguridad y el plan de acción correspondiente a nivel
                    europeo;
               (442) Plan de vuelo: la información especificada que, respecto a un
                    vuelo proyectado o a parte de un vuelo de una aeronave, se
                    facilita a las dependencias de los servicios de tránsito aéreo;
               (443) Plan de vuelo actualizado (CPL): el plan de vuelo que com-
                    prende las modificaciones, si las hay, que resultan de incorporar
                    autorizaciones posteriores;
               (444) Plan de vuelo presentado (FPL): el plan de vuelo, tal como ha
                    sido presentado a la dependencia ATS por el piloto o su repre-
                    sentante designado, sin ningún cambio subsiguiente;
               (445) Plan de vuelo repetitivo: un plan de vuelo relativo a cada uno
                    de los vuelos  regulares  que se realizan  frecuentemente  con
                    idénticas características básicas, presentados por los explota-
                    dores para que las dependencias de los servicios de tránsito
                    aéreo (ATS) los conserven y utilicen repetidamente;
               (446) Plan operacional de vuelo. Plan de los explotadores para la
                    realización segura del vuelo, basado en la consideración de las
                    características del avión, en otras limitaciones de utilización y
                    en las condiciones previstas pertinentes a la ruta que ha de se-
                    guirse y a los aeródromos de que se trate.
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