Page 22 - REVISTA INALIENABLE 1 EDICIÓN
P. 22
EL ESTADO DE ALARMA Y LA DEMOCRACIA COMO EXCEPCIÓN EN
VENEZUELA
Jairo García Méndez, Abogado, profesor de Derecho Constitucional. Universitas Fundación/Proyecto
Roscio Red DDHH-Lara
El 13 de marzo de 2020, a través del Decreto 4160 de Estado de
Excepción y Alarma, el régimen de Maduro intensifica la restricción de la libertad
de los venezolanos, con la aparente intención de enfrentar la pandemia mundial
del Covid-19, y digo aparente, porque de su aplicación e interpretación socio-
política, se evidencia la utilización de esta herramienta de excepción
constitucional con fines de control político, es decir, el uso de las herramientas
del Estado contra la sociedad, lo cual implicaría una desviación de la norma
constitucional.
Esta excepcionalidad se suma a la emergencia económica que vivimos desde el
año 2016, y aún más importante, se dicta dentro del contexto de la ruptura del
hilo constitucional y del principio democrático, que padecemos los venezolanos
desde 2014. Los venezolanos vivimos con la excepción perenne de la
Constitución.
Pero nunca debemos renunciar a lo que dice nuestra hoja de ruta social, las
normas constitucionales, debemos volver a ellas cada vez que el poder nos
restringe la libertad y nuestras posibilidades como ciudadanos, porque esa
actitud nos sirve de higiene mental, de inspiración, al constatar que un país
regido por normas está marcado en nuestra conciencia colectiva y que nuestro
propósito más grande es: restablecer la vigencia de la constitucionalidad, los
Derechos Humanos y el Estado de derecho.
Y como si no bastara un Decreto de Alarma, de cuya necesidad no dudamos
frente a la amenaza de la pandemia, siempre y cuando se adapte a los principios
constitucionales; como si no fuese suficiente esta restricción que podríamos
considerar en otro contexto, de uso legítimo por el Estado, se nos añaden
normas regionales y municipales que van más allá del Decreto de Alarma de
Maduro, y como ejemplo podemos revisar los decretos 062 y 4039 de la
Gobernación del Estado Lara, que constituyen vías de hecho, violaciones
flagrantes a derechos humanos y que ha generado abusos y humillaciones a la
golpeada población civil por parte de funcionarios policiales y militares.
21