Page 22 - REVISTA INALIENABLE 1 EDICIÓN
P. 22

EL ESTADO DE ALARMA Y LA DEMOCRACIA COMO EXCEPCIÓN EN

                                                           VENEZUELA
                               Jairo García Méndez, Abogado, profesor de Derecho Constitucional. Universitas Fundación/Proyecto
                              Roscio Red DDHH-Lara
                              El 13 de marzo de 2020, a través del  Decreto 4160 de Estado de

                  Excepción y Alarma, el régimen de Maduro intensifica la restricción de la libertad

                  de los venezolanos, con la aparente intención  de enfrentar la pandemia mundial
                  del Covid-19, y digo aparente, porque de su aplicación e interpretación socio-

                  política,  se  evidencia  la  utilización  de  esta  herramienta  de  excepción

                  constitucional con fines de control político, es decir, el uso de las herramientas
                  del  Estado  contra  la  sociedad,  lo  cual  implicaría una  desviación  de  la  norma

                  constitucional.

                  Esta excepcionalidad se suma a la emergencia económica que vivimos desde el
                  año 2016, y aún más importante, se dicta dentro del contexto de la ruptura del

                  hilo constitucional y del principio democrático, que padecemos los venezolanos

                  desde  2014.  Los  venezolanos  vivimos  con  la  excepción  perenne  de  la
                  Constitución.


                  Pero nunca debemos renunciar a lo que dice nuestra hoja de ruta social, las
                  normas constitucionales,  debemos volver a ellas cada vez que el poder nos

                  restringe  la  libertad  y  nuestras  posibilidades  como  ciudadanos,  porque  esa
                  actitud nos sirve   de higiene mental, de inspiración, al constatar que un país

                  regido por normas está marcado en nuestra conciencia colectiva y que nuestro
                  propósito más grande es: restablecer la vigencia de la constitucionalidad, los

                  Derechos Humanos y el Estado de derecho.

                  Y como si no bastara un Decreto de Alarma, de cuya necesidad no dudamos

                  frente a la amenaza de la pandemia, siempre y cuando se adapte a los principios
                  constitucionales;  como  si  no  fuese  suficiente  esta  restricción  que  podríamos

                  considerar  en  otro  contexto,  de  uso  legítimo  por  el  Estado,  se  nos  añaden

                  normas regionales y municipales que van más allá del Decreto de Alarma de
                  Maduro,  y  como  ejemplo  podemos  revisar  los  decretos  062  y  4039  de  la

                  Gobernación  del  Estado  Lara,  que  constituyen  vías  de  hecho,  violaciones
                  flagrantes a derechos humanos y que ha generado abusos y humillaciones a la

                  golpeada población civil por parte de funcionarios policiales y militares.

                                                                                                    21
   17   18   19   20   21   22   23   24   25   26   27