Page 46 - MANUAL DE CONVIVENCIA
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3)  Escuchar las diferencias y tratar a la comunidad educativa con respeto y diplomacia

                         ante el conflicto




                      ARTICULO 38 INTEGRANTES


                   En  consonancia  con  la  Ley  1620  de  2013  art.  12  y  13  sobre  convivencia  escolar,  este

                  comité  analiza  los  casos  de  carácter  disciplinarios,  remitidos  por  la  coordinación,  los
                  estudia  teniendo  en  cuenta  lo  establecido  en  el  Manual  de  Convivencia.  El  Comité  de

                  Convivencia estará conformado por:


                      a.  El Rector del Colegio quien lo convoca y lo preside
                      b.  El personero estudiantil

                      c.  Docente con función de orientador

                      d.  El coordinador de convivencia (Cuando lo hay)
                      e.  Presidente del Consejo de Padres de familia.

                      f.  Presidente del Consejo Estudiantil
                      g.  Dos docentes que lideren procesos y estrategias de convivencia, uno de primaria y

                         uno de bachillerato de ser posible, sino de acuerdo a la situación de cada colegio

                      h.  Un padre de familia, que asumirá la secretaria permanente de este comité el cual
                         tendrá voz más no voto. (Opcional) según cada colegio.

                  Parágrafo Primero- Se establece la opción de suplentes, concretamente con los padres de
                  familia y el personero escolar (compañero de fórmula electoral) (opcional)

                  Parágrafo Segundo Adicionalmente, a las sesiones ordinarias o extraordinarias, se autoriza
                  la asistencia de (1) representante estudiantil del curso y el docente acompañante del grado

                  del estudiante que sea remitido al consejo. (Opcional)

                  Parágrafo Tercero Por otra parte se citara al estudiante y su padre /madre y/o acudiente,
                  para  ser  escuchados  en  descargos,  presentar  sus  pruebas  y  en  general  hacer  frente  a  las

                  situaciones planteadas.


                      ARTICULO 39 FUNCIONES





                                              SISTEMA  INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN  –COLEGIOS NAVALES ARMADA NACIONAL   259
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