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plan de acción; una vez culminado el proceso se reúne nuevamente el Consejo
Académico, lo revisa y emite el concepto de Aprobación o no.
4. De ser aprobado el educando deberá asistir mínimo las 36 semanas y se da por
terminado su año escolar, emitiendo un concepto de promoción por parte de la
Comisión de Evaluación y Promoción.
ARTICULO 8°:
ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y EQUIVALENCIA CON LA
ESCALA NACIONAL.
Se entiende por escala de evaluación escolar “la sucesión ordenada de símbolos numéricos,
gráficos o léxicos que sirve para expresar el resultado de evaluaciones o de distintas
medidas de conducta escolar: rendimiento, asistencia, comportamiento individual, actitud
hacia el aprendizaje, orden, limpieza, etc. (Diccionario de las Ciencias de la Educación,
página 563). En los Colegios Navales se entiende como escala de valoración la que permite
observar los niveles de competencia curricular en los estudiantes, en este sentido hace
referencia al dominio de los contenidos, procesos de pensamiento y actitudes en una
determinada asignatura. Esta escala posee una equivalencia con la escala nacional la cual se
expresa en los siguientes términos:
Desempeño Superior
Desempeño Alto
Desempeño Básico
Desempeño Bajo
Desempeño Superior: Cumplimiento en un nivel excepcional de las metas básicas y
adicionales de formación expresadas en el plan de estudios en términos de logros.
El estudiante que se encuentra en este nivel es capaz de reflexionar sobre lo que lee de
manera crítica, utilizar su propio marco de conceptos y relacionar diversos textos;
solucionar problemas complejos con estrategias de solución múltiples, combinando
distintos dominios, contrastar predicciones, proponer conclusiones, discriminar y ponderar
diferentes variables a partir de procesos de los sistemas biológicos, físicos y químicos.
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN –COLEGIOS NAVALES ARMADA NACIONAL 185

