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c)  Realizar  procesos  de  seguimiento  y  control  de  los  procesos  por  parte  de  las

                          directivas  y de los docentes.
                      d)  Generar  espacios  de  reflexión  y  mejoramiento  sobre  la  implementación  del

                          sistema    en    las  reuniones  del  consejo  académico,  el  consejo  de  padres  y  el
                          consejo directivo.

                      e)  Respetar la autonomía de los procesos de evaluación de los docentes.


                      f)  Asegurar un manejo confidencial de la información en situaciones especiales

                      g)  Generar  procesos  de  formación,  participación  e  investigación  permanente  en
                          torno  a  la  evaluación  para  docentes  y  directivos  docentes  bajo  los  parámetros

                          establecidos por la institución en común acuerdo.

                      h)   El  consejo  académico  analizará  los  casos  especiales  en  forma  particular  y
                          generará estrategias de mejoramiento.

                      i)  Evaluar  anualmente  el  sistema  institucional  de  evaluación  en  Jornadas
                          Pedagógicas.


                  ARTÍCULO 17º.

                  DE LAS FORMAS DE REGISTRO:
                  Son  formas  de  registro  de  valoración  y  evaluación  escolar:  los  informes  y  boletines

                  informativos,  los  diarios  de  clase,  los  cuadernos  de  campo,  los  registros  de  situaciones

                  especiales, las planillas  de notas, los portafolios, los formatos acordes  con las diferentes
                  necesidades de las hojas de vida del estudiante, los documentos internos de carácter oficial,

                  los  registros  de  seguimiento  y  en  general,  todo  tipo  de  prueba  evaluativa.  El  Consejo
                  Académico diseñará los instrumentos necesarios para dar cumplimiento al presente artículo,

                  los cuales se convertirán en soporte para toma de decisiones.


                  ARTÍCULO 18º.

                  PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA.


                  Los  informes  de  evaluación  de  los  desempeños  académicos  de  los  acudidos,  serán

                  bimestrales.  Y  al  finalizarlos  cuatro  periodos  académicos,  en  un  quinto  boletín  de



                                              SISTEMA  INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN  –COLEGIOS NAVALES ARMADA NACIONAL   205
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