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Corte Superior de Justicia de Ica Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
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y sancionar en sede disciplinaria por en todo momento el criterio jurisdiccional
incurrido en error grave en el ejercicio de del Juez expresada en sus resoluciones,
la función jurisdiccional. pues, ello significaría sacrificar el
principio de independencia judicial en
No obstante, la Sala Constitucional de la salvaguarda del principio de
Corte Suprema de Costa Rica, en un caso autoprotección del Estado y de los
donde se planteó precisamente la servicios que presta; así también, ante el
incostitucionalidad del artículo 199 de la incremento de la corrupción al interior del
Ley Orgáncia del Poder Judicial Poder judicial, centrada mayoritariamente
Costarricense, dejó sentado que el en la emisión de resoluciones irregulares,
Tribunal de la Inspección Judicial sí tampoco consideramos que sea
puede valorar el criterio del juez de conveniente que el criterio jurisdiccional
manera excepcional cuando ―de ellos se del juez sea considera una zona exenta de
derive la convicción clara de su todo control disciplinario.
incumplimiento para desempeñar el cargo
para el que fue nombrado‖ (Expediente Por lo tanto, ubicándonos en el justo
N° 00-010155-0007-CO. 10 de enero medio, y ponderando los principios
del 2001). sustentadores del control disciplinario y el
criterio jurisdiccional judicial, buscamos
En conclusión, enfrentamos dos figuras plantear la tesis que el Estado, puede en
jurídicas, el criterio jurisdiccional y el forma excepcional ejercer el control del
control disciplinario de la administración, criterio jurisdiccional, esto es, cuando sea
siendo que ambos tienen un sustento evidente su ejercicio irregular, expresada
axiológico y conceptual; así, el primero es en la falta de una motivación racional o
sustento del principio de independencia razonable, con lo cual el principio de
del juez y el segundo es sustento del independencia judicial no se pierde sino
principio de autoprotección del Estado y se flexibilizaría en salvaguarda de la
el poderío que le da la relación especial autoprotección del Estado y fortalecería la
de sujeción existente con el Juez. lucha contra la corrupción al interior del
Poder Judicial.
En ese contexto, consideramos
preliminarmente descartar la asunción de Habiéndose identificado los tres
las tesis extremas, que por un lado optan momentos principales en que el Juez
por un control total del criterio puede ejercer la discrecionalidad, como
jurisdiccional y por otro lado optan por expresión de su independencia, en el caso
considerar al referido criterio una zona de conflicto de principios y cuando el
excepto de control disciplinario, para legislador, por política judicial, autoriza
encaminarnos a lo largo de la al Juez su ejercicio -determinación de la
investigación, por una tesis ecléctica que pena y el dictado de medidas cautelares,
a nuestro entender tiene su desarrollo en principalmente, en estos casos, la
la jurisprudencia disciplinaria que vienen motivación razonable pasa porque la
produciendo algunas entidades de control decisión satisfaga el test de
en el mundo. proporcionalidad. En cambio en el tercer
caso, esto es, cuando la resolución del
No somos de la idea preliminar que caso por el Juez demanda la aplicación de
dentro de un Estado Constitucional de una norma jurídica que contiene
Derecho se tenga que controlar siempre y conceptos valorativos, la referida
“La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”